DECRETO 1482 DE 1987
(agosto 6)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 049 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Cauca.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 049 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Cauca, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 049 DE 1986
(agosto 27)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Cauca.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Cauca, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976 corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos;
Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional;
Que la Ley 12 de 1986 establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional del Cauca; serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DE NOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
ADMINISTRACIÓN GENERAL
DELEGACIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Asistente Administrativo
4140
15
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Secretario
5140
08
1
Chofer Mecánico
6010
06
1
Ayudante
6025
05
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
ADMINISTRACIÓN DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL.
Tesorería.
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Pagador
5045
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Secretario
5140
08
1
Chofer Mecánico
6010
06
2
Celador
6020
04
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
Contabilidad.
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
Presupuesto.
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Ayudante de Oficina
5155
07
Novedades de Personal.
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
08
Kárdex
1
Técnico Administrativo
4065
07
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
Almacén.
1
Jefe de Almacén
5060
16
1
Secretario
5140
06
OFICINA SECCIONAL DEL ESCALAFÓN.
2
Profesional Universitario
3020
03
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
10
3
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Celador
6020
06
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
CENTRO EXPERIMENTAL PILOTO.
1
Director de Centro
2105
03
5
Profesional Universitario
3020
04
1
Secretario
5140
10
1
Secretario
5140
08
1
Operario Calificado
6000
07
1
Chofer Mecánico
6010
06
2
Celador
6020
04
3
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
ESTABLECIMIIENTOS EDUCATIVOS.
EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL.
2
Auxiliar de Técnico
4110
05
28
Secretario
5140
06
32
Mecanógrafo
5180
04
9
Chofer Mecánico
6010
03
31
Celador
6020
03
1
Ayudante
6025
05
26
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
55
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA.
4
Celador
6020
03
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 002 del 21 de febrero de 1986 en lo pertinente al personal administrativo y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Popayán, a 27 de agosto de mil novecientos ochenta y seis (1986).
(Fdo.) CORONEL VÍCTOR GÓMEZ GOMEZ
Gobernador del Departamento del Cauca.
Presidente Junta Administradora FER.
(Fdo.) LUIS EDUARDO ASTAÍZA ORDÓÑEZ.
Delegado de la Ministra de Educación Nacional ante el FER.
(Fdo.) MARÍA DEL SOCORRO MAZORRA R.
Secretaria de Educación.
(Fdo.) JUAN DE DIOS CISNEROS.
Director Regional ICCE.
(Fdo.) BOLÍVAR OÑATE GARZÓN.
Administrador de Impuestos Nacionales.
Delegado Minhacienda.
Vo. Bo.
(Fdo.) ALFONSO CABRALES CONTRERAS.
Director General de Servicios Administrativos».
ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPES PARRA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUÍN BARRETO RUIZ.