DECRETO 1481 DE 1987
(agosto 6)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 014 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de Arauca.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 014 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Arauca, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 014 DE 1986
(septiembre 8)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de Arauca.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Arauca, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976, corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos;
Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional;
Que la Ley 12 de 1986 establece que las plantas de personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional de Arauca serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
ADMINISTRACION GENERAL
DELEGACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
1
Secretario
5140
10
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Chofer Mecánico
6010
06
ADMINISTRACIÓN DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL.
Tesorería.
1
Tesorero
5015
18
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
Contabilidad.
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Ayudante de Oficina
5155
07
Presupuesto.
1
Técnico en Presupuesto
4035
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
Novedades de Personal.
2
Técnico Administrativo
4065
07
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
Almacén.
1
Almacenista
5080
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
Servicios Generales.
1
Celador
6020
03
3
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
OFICINA SECCIONAL DE ESCALAFÓN.
1
Secretario
5140
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar Técnico
4110
05
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
CENTRO EXPERIMENTAL PILOTO.
1
Director de Centro
2105
03
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Cajero
5095
10
1
Operario Calificado
6000
05
1
Celador
6020
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA.
6
Celador
6020
03
8
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL.
12
Secretario
5140
08
7
Secretario
5140
06
4
Ayudante de Oficina
5155
05
5
Chofer Mecánico
6010
06
10
Celador
6020
03
16
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga los Acuerdos números 001 y 011 de 1986, en lo pertinente al personal administrativo y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Arauca, 8 de septiembre de 1986,
(Fdo.) Intendente Nacional de Arauca, Presidente Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Arauca.
(Fdo.) Secretario de Educación de la Intendencia Nacional de Arauca.
(Fdo.) Gerente Regional del I.C.C.E.
(Fdo.) Coordinador General de la Educación Contratada.
(Fdo.) Delegado del Ministro de Educación Nacional ante el FER de Arauca.
(Fdo.) Secretario de Hacienda de la Intendencia Nacional de Arauca.
(Fdo.) Representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ante la Junta Administradora del FER de Arauca.
(Fdo.) Representante del Magisterio Intendencial ante la Junta Administradora del FER de Arauca.
APROBADO:
(Fdo.) LUIS CARLOS FALLÓN BORDA, Secretario General del Ministerio de Educación Nacional”.
ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPES PARRA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUÍN BARRETO RUIZ.