DECRETO 1459 DE 1986
(mayo 6)
Por el cual se eliminan los sistemas especiales de intercambio comercial.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y con sujeción a las normas generales señaladas en la Ley 48 de 1983,
DECRETA:
Artículo 1. Deróganse el Decreto número 370 de 1984 y el Decreto número 3707 de 1985.
Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de mayo de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Desarrollo Económico,
GUSTAVO CASTRO GUERRERO.