DECRETO 1446 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 1446 DE 1988    

(julio 18)    

     

Por el cual se adopta el formato del folio para el nuevo sistemas de  registro civil de defunciones de que tratan los Decretos-Leyes 1260 y 2158 de 1970, y  se dictan otras disposiciones,    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren los artículos  18 y 124 del Decreto ley 1260  de 1970,    

     

DECRETA  :    

     

Artículo 1º  El formato del folio del nuevo sistema de registro civil de defunción es el  formulario forma DANE IP 25-1V88, el cual contiene la información señalada por  los artículos 21 y 80 del Decreto ley 1260  de 1970.    

     

Artículo 2º  El formato de defunción consta de original y copia, cada una con una parte desprendible,  que será distribuida así: El original con destino a la oficina en donde se  efectúe el registro, el desprendible del original con destino al usuario, el  formato copia va al Servicio Nacional de Inscripción, DANE y el desprendible de  la copia se remite a la Registraduría Nacional del Estado Civil con el fin de  que se cancele el documento de identidad.    

     

Artículo 3º  El nuevo sistema de registro civil de defunción entrará a regir en todo el  territorio Nacional y en los Consulados de la República a partir del 1º de  agosto de 1988.    

     

Artículo 4º  Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D.E., a 18 de julio de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Justicia,    

ENRIQUE LOW  MURTRA.    

           

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