DECRETO 1444 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 1444 DE 1989        

(julio  4)    

por  medio del cual se suprimen y se crean unos cargos en el servicio exterior de la  República.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la  Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1° A partir del 1° de agosto de 1989,  suprímense en el Consulado General de Colombia en Caracas Venezuela, los  siguientes cargos:    

Un (1) Auxiliar Administrativo 8 PA, con una  asignación básica mensual de un mil treinta y ocho dólares con 82/100 (US$  1.038.82), ocupado actualmente por el señor José Rosendo Díaz Díaz.    

Un (1) Auxiliar Administrativo 8 PA (Local), con  una asignación básica mensual de un mil treinta y ocho dólares con 82/100 (US$  1.038.82), ocupado actualmente por la señora Myriam Duarte de Sbrofatti.    

Un (1) Auxiliar Administrativo 6 PA, con una  asignación básica mensual de ochocientos noventa y ocho dólares con 14/100 (US$  898.14), ocupado actualmente por la señora Teresa Angulo Ortega.    

Un (1) Cajero 6 PA, con una asignación básica  mensual de ochocientos noventa y ocho dólares con 14/100 (US$ 898.14), ocupado  actualmente por el señor Sergio Alfonso Jaramillo Betancourt.    

Artículo 2° A partir de la misma fecha, créanse en  el Consulado General de Colombia en Caracas Venezuela los siguientes cargos:    

Un (1) Cajero 11 PA, con una asignación básica  mensual de un mil cuatrocientos setenta y un dólar con 67/100 (US$ 1.471.67).    

Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 2 PA (Local),  con una asignación básica mensual de cuatrocientos sesenta y cinco dólares con  30/100 (US$ 465.30), cada uno.    

Un (1) Auxiliar Administrativo 1 PA (Local), con  una asignación básica mensual de trescientos trece dólares con 81/100 (US$  313.81).    

Artículo 3° Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del  Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de julio de 1983.    

VIRGILIO  BARCO    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

JULIO  LONDOÑO PAREDES.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS  FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.

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