DECRETO 1433 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO  1433 DE 1985    

(mayo 23)    

     

Por  el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

ARTICULO 1º  Apruébase el Acuerdo número 7 de marzo 28 de 1985 del Comité Nacional de  Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:    

     

“ACUERDO  NÚMERO 7 DE 1985    

(marzo 28)    

     

El Comité  Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

a) Que con  base en el Decreto número  2078 de 1940 y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el  Gobierno y la Federación celebraron, el 11 de diciembre de 1940, un contrato  sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención en los mercados  cafeteros para el cumplimiento del Convenio Interamericano sobre cuotas de  exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros  posteriores y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978, sobre  prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café,  celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con  la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se  previeron originalmente y a fin de dar aplicación a normas legales y a  disposiciones de los Congresos Cafeteros;    

     

b) Que la  Federación Nacional de Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del Café, es  accionista de la “Corporación Forestal del Tolima S. A.”;    

     

c) Que se  hace necesario suscribir acciones de la sociedad mencionada, por valor de diez millones  de pesos ($ 10.000.000.00) moneda corriente, para cumplir las decisiones de la  Asamblea General sobre aumento de capital;    

     

d) Que en el  presupuesto del Fondo Nacional del Café para el año de 1985, está prevista la  inversión aludida y que en la presente sesión, la señora Viceministra de  Hacienda y Crédito Público ha expresado su voto favorable en relación con ella,    

     

RESUELVE:    

     

Artículo  primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para  suscribir, con recursos del Fondo Nacional del Café y para éste, acciones de la  sociedad “Corporación Forestal del Tolima S.A.”, por valor de diez  millones de pesos ($ 10.000.000.00) moneda corriente.    

     

Artículo  segundo. El Gerente General queda facultado para ejecutar todos los actos  jurídicos necesarios para el cumplimiento del fin propuesto, lo mismo que para  convenir todo lo relativo al pago de las nuevas acciones.    

     

Artículo  tercero. Sométase el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de  Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la  República.    

     

Aprobado en  Bogotá, D.E, a los veintiocho (28) días del mes de marzo de mil novecientos  ochenta y cinco (1985).    

     

El  Presidente, (fdo.)    ALFONSO PALACIO RUDAS.    

     

El  Secretario, (fdo.)    JORGE ARANGO MEJIA”.    

     

ARTICULO 2º  Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado en  Bogotá, D. E., a 23 de mayo de 1985.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

ROBERTO  JUNGUITO BONNET.          

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