DECRETO 1410 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  1410 DE 1986    

(mayo  2)    

     

Por  el cual se aprueba el Acuerdo número 006 de 1986 de la Junta Directiva de la  Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y en especial de las previstas en el artículo 16 del Acuerdo  03 de 1982 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de  Risaralda, CARDER, aprobado por el Decreto 653 de 1983,  y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  mediante el Acuerdo número 006 del 14 de enero de 1986, la Junta Directiva de  la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER, autorizó al Director  Ejecutivo de ella para suscribir acciones hasta por $ 150.000.00 en la empresa  “Metrosistemas S. A.”;    

Que  la mencionada empresa es una sociedad de economía mixta domiciliada en la  ciudad de Pereira, cuyo objeto es desarrollar actividades en el área de los  sistemas y la informática en beneficio de sus socios, en la cual puede  participar la Corporación de conformidad con lo previsto en la letra j) del  artículo 4° de la Ley 66 de 1981;    

 Que  de acuerdo con los estatutos de la Corporación aprobados mediante el Decreto  número 653 de marzo 4 de 1983, el ejercicio por parte de la Junta Directiva  de la atribución de “disponer la participación de la Corporación en la  constitución de sociedades o de compañías o la suscripción de derechos o  acciones en ellas”, es función de la Clase A que requiere la aprobación  del Gobierno Nacional,    

     

DECRETA:    

     

 ARTICULO  1º Apruébase el Acuerdo número 006 del 14 de enero de 1986 de la Junta  Directiva de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER, por medio  del cual se autorizó al Director Ejecutivo para suscribir acciones hasta por $  150.000.00 en la empresa “Metrosistemas S. A.”, cuyo texto es el  siguiente:    

     

ACUERDO  NÚMERO 006 DE 1986    

(enero  14)    

por  medio del cual se autoriza al Director Ejecutivo para suscribir acciones en una  sociedad.    

     

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda,  CARDER, en uso de sus atribuciones legales conferidas por la Ley 66 de 1981, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  según los estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda entre las  funciones Clase A, de Junta Directiva Carder, está la de: “Disponer la  participación de la Corporación en la Constitución de Sociedades o de compañías  o la suscripción de derechos o acciones en ellas”.    

Que  en Junta Directiva Carder realizada el día 14 de enero de 1986, se decidió  participar en la sociedad denominada “Metrosistemas S. A.”, sociedad  de la especie de las anónimas, de carácter comercial, de capital mixto, con  domicilio en la ciudad de Pereira, Departamento de Risaralda.    

Que  la empresa “Metrosistemas S. A.” tiene por objeto analizar las  necesidades de cada uno de sus socios (en este caso Carder) en el área de los  sistemas y la informática; desarrollar los programas para el manejo de las  aplicaciones en el área administrativo e investigativo de la Carder, crear los  archivos y procesar periódicamente las aplicaciones y entrenar el personal de  la Carder para el manejo de dichas aplicaciones.    

Que  analizados los beneficios, al ingresar a la sociedad “Metrosistemas S.  A.” la Carder evitará el gasto inicial de compra de un equipo; así mismo,  la contratación de personal especializado en sistemas y el tiempo necesario  para el desarrollo y montaje de las aplicaciones, ya que “Metrosistemas S.  A.” adquirirá programas con otras entidades oficiales en Bogotá y otras  regiones del país.    

     

ACUERDA:    

     

 Artículo  1° Autorizar al Director Ejecutivo de  la Corporación Autónoma Regional de Risaralda para suscribir acciones hasta de  $ 150.000.00 en la empresa “Metrosistemas S. A.”.    

     

Artículo  2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación por el Gobierno  Nacional.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Pereira a 14 de enero de 1986.    

     

El  Presidente de la Junta,    

(Fdo.)    

     

La  Secretaria de la Junta,    

(Fdo.)».    

     

ARTICULO  2° El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Jefe del Departamento Nacional de Planeación,    

CESAR  VALLEJO MEJIA.              

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