DECRETO 1382 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 1382 DE 1984

(Junio 6)    

     

Por el cual se dictan unas disposiciones en el servicio  Exterior.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que mediante el artículo 2º del   Decreto  número 1030 de fecha 26 de abril de 1984, a partir del 1º de julio del  mismo año, se adscriben las funciones Consulares de Colombia en Moscú, al cargo  de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, de la E bajada, ante el Gobierno  de la Unión de República Socialista Soviéticas, U. R. S. S., ocupado por el  señor Boris Hleap Zapata;    

     

Que por télex número 95 de fecha 10 de mayo de 1984, el  doctor Edmundo López Gómez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de  Colombia ante el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas,  U.R.S.S., debido a la actual distribución del trabajo en la Embajada, sugiere  que las funciones consulares antes mencionadas, sean adscritas al cargo, de  Tercer Secretario, Grado Ocupacional 1 EX de la misma Embajada, ocupado por el  señor Carlos Miguel de la Espriella Aldana;    

     

Que por tal motivo, es procedente modificar el artículo 2º  del   Decreto número  1030 de 1984,    

     

Articulo 1º. A partir del 1º de julio de 1984, adscríbense  las Funciones Consulares de Colombia en Moscú, al cargo de Tercer Secretario,  Grado Ocupacional 1 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Unión  de Repúblicas Socialistas Soviéticas, U.R.S.S., ocupado por el señor Carlos  Miguel de la Espriella Aldana.    

     

Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha da su  expedición y modifica el artículo 29 del   Decreto  número 1030 de fecha 26 de abril de 1984.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de junio de 19,84.    

     

BE LISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Relaciones Exteriores.,    

Rodrigo Lloreda Caicedo.          

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