DECRETO 1366 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  1366 de 1986    

(abril  29)    

     

Por  el cual se delegan algunas funciones constitucionales.    

     

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le  confiere el artículo 5º del Acto legislativo número 1 de 1977, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  el Presidente de la República estará ausente del país durante los días 7 y 8 de  mayo del presente año, con motivo de la transmisión del mando Presidencial en  la República de Costa Rica;    

Que  el Ministro de Relaciones Exteriores, en razón de la precedencia establecida en  las leyes y en consideración a su filiación política está habilitado para  ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Deléganse, por el tiempo que dure  la ausencia del Presidente de la República, de acuerdo con los considerandos de  este Decreto, en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Augusto Ramírez  Ocampo, las funciones correspondientes a los asuntos indicado en los numerales  2, 5, 6, 7 y 8 del artículo 118; numeral 2°  del articulo 119; numerales 2, 3. 6 y 7 del artículo 120 y el artículo 121 de  la Constitución Política.    

Articulo  2° Este Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 29 de abril de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

VICTOR  G. RICARDO.              

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