DECRETO 136 DE 1988
(enero 20)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 014 de julio 8 de 1987, que adiciona la planta de personal de la Defensa Civil Colombiana.
Nota: Derogado por el Decreto 426 de 1990, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas en el articulo 74 del Decreto ley 1042 de 1978.
DECRETA:
Articulo 1º.-Apruébase el Acuerdo número 014 de julio 8 de 1987, emanado de la Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, cuyo texto es el siguientes:
ACUERDO NÚMERO 014 DE 1987
(julio 8)
por el cual se adiciona la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana.
La Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Articulo 1º.-Créanse en la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana los siguientes cargos:
No. De Cargos
Dependencia y denominación empleo
Código
Grado
Dirección General
Sub-Dirección
Delegaciones Regionales
1
Coordinador
5005
21
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
Articulo 2º.-El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 009 del 13 de mayo de 1987 y para su validez requiere la aprobación del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 03 de julio de 1987.
El Ministro de Defensa
(Fdo.) General Rafael Samudio Molina.
El Secretario General Defensa Civil Colombiana,
(Fdo.) Mayor (R.) Jorge Duran Giraldo.
Articulo 2º.-El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 20 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Lis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Defensa Nacional,
General Rafael Samudio Molina.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquin Barreto Ruiz.