DECRETO 1359 DE 1987
(julio 21)
por el cual se delega una facultad presidencial.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 135 de la Constitución Política y la Ley 202 de 1936,
DECRETA:
Artículo 1° Delegase en los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo la facultad de celebrar contratos en nombre de la Nación colombiana, que sean diferentes a los regulados por el Decreto 222 de 1983 y cuya cuantía sea inferior a cincuenta millones de pesos ($50.000.000.00).
Artículo 2° Este Decreto rige desde su publicación.
Publíquese y Cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 21 de julio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
GERMAN MONTOYA VELEZ.