DECRETO 1330 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO  1330 DE 1985    

( mayo 13)    

     

por  el cual se concede una autorización.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que de  conformidad con lo establecido en el artículo 225 del Decreto número  222 de 1983, el Consejo Nacional de Política Económica y Social conceptuó  favorablemente sobre el gestionamiento por parte del Gobierno Nacional de  empréstitos externos hasta por la suma de treinta y nueve millones ochocientos  mil dólares (US$ 39.800.00) de los Estados Unidos de América o su equivalente  en otras monedas destinados a financiar parcialmente el Proyecto de  Consolidación del Sistema Nacional de Salud, según consta en el oficio Conpes-058  del 18 de abril de 1985;    

     

Que por Decreto número  3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al  Viceministro de Hacienda y Crédito Público para los casos en que las normas  legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  Autorízase a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Salud Nacional  para que conjunta o separadamente, gestionen a nombre del Gobierno Nacional,  operaciones de crédito externo hasta por la suma de treinta y nueve millones  ochocientos mil dólares (US$ 39.800.000) de los Estados Unidos de América o su  equivalente en otras monedas, destinadas a financiar parcialmente el Proyecto  de Consolidación del Sistema Nacional de Salud, con un plazo mínimo o para su  total amortización de diecisiete (17) años, incluido un período de gracia  mínimo de cuatro (4) años un interés anual máximo sobre saldos deudores de  medio por ciento (1/2% ) sobre el costo que semestralmente determine el Banco  Mundial para préstamos calificados y demás comisiones y gastos propios de esta  clase de operaciones.    

     

Artículo 2°  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado en  Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1985.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

La Ministra  de Hacienda y Crédito Público, ad hoc,    

MARIA  MERCEDES CUELLAR DE MARTINEZ.          

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