DECRETO 1283 DE 1984
(mayo 28)
Por el cual se aprueba con modificaciones, supresiones y adiciones el Acuerdo número 002 de marzo 27 de 1984, expedido por el Consejo Intendencial de Arauca.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo 1° Aprobar con modificaciones, supresiones y adiciones, el Acuerdo número 002 de marzo 27 de 1984, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca para la vigencia fiscal comprendida entre el 19 de abril de 1984 y el 31 de marzo de 1985:
ACUERDO NÚMERO 002 DE 1984
(marzo 27)
por el cual se fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca.
El Consejo Intendencia) de Arauca, en uso de sus facultades legales, ACUERDA:
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
Artículo 1° Fijase el cómputo de las rentas e ingresos del Tesoro Intendencial para el período fiscal comprendido entre el 1° de abril de 1984 y el 31 de marzo de 1985, en la cantidad de trescientos cincuenta y seis millones ciento cinco mil pesos ($ 356.105.000) moneda corriente, según los pormenores siguientes:
Capítulo 1
Ingresos corrientes
$
356.105.000
¾¾¾¾¾¾
Ingresos tributarios
125.851.000
¾¾¾¾¾¾
A. Impuestos directos
251.000
02. Circulación y tránsito
250.000
03. Otros impuestos directos
1.000
B. Impuestos indirectos
125.600.000
¾¾¾¾¾¾
04.Tabaco
33.000.000
05.Cervezas
58.000.000
06.Degüello de ganado mayor
300.000
07.Cigarrillos extranjeros
300.000
08.Licores y vinos extranjeros
2.000.000
09.Licores y vinos nacionales
30.000.000
10.Otros impuestos indirectos
2.000.000
Capítulo 1
Ingresos no tributarios
$
230.254.000
¾¾¾¾¾¾
A. Tasas por servicios
12.202.000
¾¾¾¾¾¾
11. Energía
12.200.000
12. Alquiler de maquinaria
1.000
13. Alquiler avioneta
1.000
B. Rentas ocasionales
402.000
¾¾¾¾¾¾
14. Multas
70.000
15. Reintegros
2.000
16. Aprovechamientos
300.000
17. Venta de formularios
30.000
C. Rentas contractuales
350.000
¾¾¾¾¾¾
18. Arrendamientos
350.000
¾¾¾¾¾¾
D. Aportes y participaciones
217.300.000
20. Participación regalías petrolíferas
50.800.000
21. Cuenta de estabilización precios derivados del petróleo. Electrificadoras
12.000.000
22. Participación impuesto a las ventas
154.500.000
¾¾¾¾¾¾
Total Presupuesto de Rentas
$
356.105.000
¾¾¾¾¾¾
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS
Artículo 2° Apropiase para atender los gastos del gobierno intendencial, durante el período fiscal comprendido entre el primero (1°) de abril de 1984 y el treinta y uno (31) de marzo de 1985, una suma igual a la del cálculo de rentas e ingresos del Tesoro, determinado en el artículo anterior, distribuido así:
Capitulo III
Gastos de funcionamiento.
Consejo Intendencial
A. Servicios personales
1.043.101
¾¾¾¾¾¾
1. Dietas
864.000
2. Sueldos personal de nómina
146.767
3. Gastos de representación
20.000
8. Prima, de navidad
12.334
B. .Gastos generales
350.000
¾¾¾¾¾¾
17. Compra de equipo
150.000
18. Viáticos y gastos de viaje
150.000
21. Materiales y suministros
50.000
¾¾¾¾¾¾
Total Consejo Intendencial
$
1.393.101
¾¾¾¾¾¾
Capitulo III
Gastos de funcionamiento.
Despacho Intendencia
A.;Servicios personales
5.364.422
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
3.358.200
3.Gastos de representación
433.800
4.Honorarios
500.000
8.Prima de navidad
374.187
9.Prima técnica
346.200
10.Prima de vacaciones
179.610
11.Prima semestral
172.425
B. Gastos generales
3.925.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
1.500.000
17. Compra de equipo
200.000
18. Viáticos y gastos de viaje
1.000.000
19. Comunicaciones y transporte
50.000
21. Materiales y suministros
400.000
22. Impresos y publicaciones
160.000
26. Gastos orden público
500.000
27. Gastos especiales
100.000
28. Gastos varios e imprevistos
15.000
¾¾¾¾¾¾
Total Despacho Intendencial
$
9.289.422
¾¾¾¾¾¾
Secretarla de Gobierno.
A. Servicios personales
7.378.798
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
6.016.800
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
567.600
10. Prima de vacaciones
272.448
11. Prima semestral-
261.550
B. Gastos generales
1:265.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
70.000
17. Compra de equipo
300.000
18. Viáticos y gastos de viaje
500.000
19. Comunicaciones y transporte
80.000
21. Materiales y suministros
150.000
23. Arrendamientos
150.000
28. Gastos varios e imprevistos
15.000
C. Transferencias
1.250.000
¾¾¾¾¾¾
b) Pago a otras entidades del sector público.
35. Pagos a servicios Policía Nacional
100.000
36. Pago servicio DAS
100.000
d) Otras transferencias.
54. Raciones y traslado de presos
500.000
Capitulo III
Gastos de funcionamiento.
55. Gastos protección indígena
200.000
59. Celebración Día del Campesino
250.000
61. Celebración festividades patrias
100.000
Sección Alcaldías, Corregimientos e Inspecciones de Policía.
A. Servicios personales
$ 16.724.664
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
13.966.800
8. Prima de navidad
1.286.513
9. Prima técnica
261.000
10. Prima de vacaciones
617.526
11. Prima semestral
592.825
B. Gastos generales
1.550.000
¾¾¾¾¾¾
17. Compra de equipo ($ 100.000, Impoventas)
1.000.000
18. Viáticos y gastos de viaje
200.000
19. Comunicaciones y transporte
50.000
21. Materiales y suministros
300.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Gobierno
$
28.168.462
¾¾¾¾¾¾
Secretarla de Hacienda.
A. Servicios personales
10.629.207
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
8.457.600
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
796.170
9. Prima técnica
87.000
10. Prima de vacaciones
382.162
11. Prima semestral
366.875
12. Indemnización por vacaciones
200.000
13. Reconocimiento por entrega de oficina
79.000
B. Gastos generales
3.786.404
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
400.000
17. Compra de equipo
600.000
18. Viáticos y gastos de viaje
761.404
19. Comunicaciones y transporté
50.000
20. Servicios públicos
900.000
21. Materiales y suministros
860.000
22. Impresos y publicaciones
50.000
25. Pago por prima pólizas de manejo
150.000
28. Gastos varios e imprevistos
15.000
C. Transferencias
27.396.051
¾¾¾¾¾¾
a) Pago de previsión social.
30. Aporte patronal Caja de Previsión, Social
4.168.153
Capitulo III
Gastos de funcionamiento.
32. Cesantías
5.270.000
33. Aporte Caimpres para pago de obligaciones con sus afiliados (Impoventas)
5.000.000
b) Pago otras entidades del sector público.
37. SENA
260.510
38. ESAP
260.510
39. ICBF
1.042.039
41. Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas
6.552.162
42. Aporte Servicio de Salud Arauca
2.000.000
c) Pagos a particulares y organismos privados.
46. Aporte a Caja de Compensación Familiar
2.084.077
d) Otras transferencias.
57. Aguinaldo del niño pobre
400.000
58. Auxilio gente de escasos recursos económicos
200.000
60. Auxilio leprosos
108.000
68. Auditaje fiscal
50.000
D. Servicio de la deuda
1.024.500
¾¾¾¾¾¾
86. Bancos (Popular)
700.000
87. Deudas COINCO
300.000
89. Intereses amortización empréstito
24.500
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Hacienda
$
42.836.162
¾¾¾¾¾¾
Secretarla de Obras Públicas.
A. Servicios personales
19.251.394
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
14.574.000
3. Gastos de representación
260.400
6. Jornales
1.368.908
8. Prima de navidad
1.480.877
9. Prima técnica
174.000
10. Prima de vacaciones
710.821
11. Prima semestral
682.388
B. Gastos generales
5.115.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
400.000
17. Compra de equipo
200.000
18. Viáticos y gastos de viaje
2.000.000
21. Materiales y suministros
2.000.000
28. Gastos varios e imprevistos
15.000
29. Dotación obreros
500.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Obras Públicas
$
24.366.394
¾¾¾¾¾¾
Capitulo III
Gastos de funcionamiento.
Secretarla de Educación.
A. Servicios personales
2.032.662
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
1.468.800
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
$156.359
10. Prima de vacaciones
75.053
11. Prima semestral
72.050
B. Gastos generales
755.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
100.000
17. Compra de equipo
180.000
18. Viáticos y gastos de viaje
300.000
19. Comunicaciones y transporte
50.000
21. Materiales y suministros
110.000
28. Gastos varios e imprevistos
15.000
C. Transferencias
700.000
¾¾¾¾¾¾
d) Otras transferencias.
56. Auxilio banda de músicos
600.000
69. Concurso estudiantes
100.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Educación
$
3.487.662
¾¾¾¾¾¾
Secretaria de Planeación y Desarrollo.
A. Servicios personales
2.526.368
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
1.714.800
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
194.$36
9. Prima técnica
174.000
10. Prima de vacaciones
93.282
11. Prima semestral
89.550
B. Gastos generales
1.185.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
50.000
17. Compra de equipo
500.000
18. Viáticos y gastos de viaje-
450.000
19. Comunicaciones y transporte
20.000
21. Materiales y suministros
150.000
28. Gastos varios e imprevistos
15.00’0
C. Transferencias
200.000
¾¾¾¾¾¾
d) Otras transferencias.
67. Funcionamiento Comité de Planeación
200.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Planeación
$
3.911.368
¾¾¾¾¾¾
RESUMEN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
A. Servicios personales
64.950.616
B. Gastos generales
17.931.404
C. Transferencias
29.546.051
D. Servicio de la deuda
1.024.500
¾¾¾¾¾¾
Total
$ 113.452.571
¾¾¾¾¾¾
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Programa I
Gobierno.
Unidad ejecutora: Secretaría de Gobierno
3.305.000
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
2.705.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 101. Desarrollo comunal
2.205.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Juntas de Acción Comunal en la Intendencia
2.205.000
Subprograma 102. Desarrollo de comunidades indígenas
500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Eh la Intendencia
500.000
Inversión indirecta
600.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 151. Aportes para Juntas de Acción Comunal
600.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Junta Acomunal Barrio Miramar, defensa del río Arauca
200.000
Proyecto 2. Junta Acomunal Barrio Los Libertadores, para defensa río Arauca
200.000
Proyecto 3. Junta Acomunal Barrio Unión, para defensa río Arauca
200.000
Programa II
Hacienda.
Unidad ejecutora: Secretaría de Hacienda
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 201. Compra de certificados aportación COINCO
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Aporte a COINCO
1.000.000
Programa III
Obras Públicas.
Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas
$
217.147.178
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
202.638.800
¾¾¾¾¾¾
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Subprograma 301. Construcción carreteras y calles
72.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Tame-Sácama (Impoventas)
19.000.000
Proyecto 2.Arauca-Cravo Norte (impuesto a las ventas, $ 14.000.000)
15.000.000
Proyecto 3. Rondón-Tame (impuesto a las ventas, $ 14.000.000)
15.000.000
Proyecto 4. Puerto Nidia-Caranal (Impoventas)
10.000.000
Proyecto 5. Arauquita-Agua Chica (Impoventas)
10.000.000
Proyecto 6. Caranal-Saravena-Banadía I (Impoventas)
2.000.000
Proyecto 7. Saravena-La Esmeralda-Banadía II (Impoventas)
1.000.000
Subprograma 302. Conservación carreteras y calles
4.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
4.000.000
Subprograma 303. Pavimentación
1.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Tame
1.500.000
Subprograma 304. Construcción puentes
4.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
4.000.000
Subprograma 305. Conservación puentes
3.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
1.000.000
Proyecto 2. Puente Guadalupe Salcedo, sobre la vía Saravena Fortul
2.500.000
Subprograma 306. Construcción, ampliación aeropuertos
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Provecto 1. En la Intendencia
1.000.000
Subprograma 307. Conservación aeropuertos
500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
500.000
Subprograma 309. Remodelación y reparación edificios públicos
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
2.000.000
Subprograma 310. Construcción plazas de mercado
1.100.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
1.100.000
Subprograma 311. Remodelación y reparación plazas de mercado
800.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia ,.
800.000
Subprograma 314. Construcción mataderos
800.000
¾¾¾¾¾¾
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Proyecto 1. En la Intendencia
800.000
Subprograma 315. Remodelación y reparación mataderos
1.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
1.500.000
Subprograma 317. Remodelación y reparación parques
500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
500.000
Subprograma 319. Remodelación y reparación cárceles
800.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
800.000
Subprograma 326. Colocación redes eléctricas
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
2.000.000
Subprograma 327. Reparación y mantenimiento plantas y equipos .eléctricos
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
2.000.000
Subprograma 330. Construcción, ampliación acueductos y alcantarillados
5.359.800
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
3.859.800
Provecto 2. Contrapartida convenio agua para todos
1.500.000
Subprograma 333. Construcción obras de defensas de los ríos
1.509.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
1.500.000
Subprograma 336. Compra de equipos obras públicas
7.399.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia.
7.399.000
Subprograma 337. Compra de equipo talleres de mecánica
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
1.000.000
Subprograma 339. Compra de combustible para generación de energía eléctrica
20.000.000
¾¾¾¾¾¾
Provecto 1. CADAFE
10.000.000
Proyecto 2. Plantas eléctricas
10.000.000
Subprograma 340. Reparación y mantenimiento maquinaria obras públicas
5.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Maquinaria obras públicas (Impoventas)
5.000.000
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Subprograma 342. Construcciones de obras públicas prioritarias con recursos participación Impoventas, previa distribución Comité de Planeación Local, con la asesoría de la Secretaría de Obras Públicas Intendencial
64.400.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Municipio de Arauca
10.043.000
Proyecto 2. Municipio de Tame
8.000.000
Proyecto 3. Municipio de Saravena
10.260.000
Proyecto 4. Municipio de Arauquita
$9.697.000
Proyecto 5. Corregimiento de Puerto Rondón
4.000.000
Proyecto 6. Corregimiento de Cravo Norte
4.000.000
Proyecto 7. Inspección de Policía Municipal de Fortul
4.000.000
Proyecto 8. Para salud
10.000.000
Proyecto 9. Para educación
4.400.000
Inversión indirecta
14.488.378
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 381. Aporte para Fondo de Obras Públicas Municipales y Corregímentales
14.488.378
¾¾¾¾¾¾
SARAVENA
2.400.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Junta Acomunal de Barrancones, construcción Inspección de Policía
300.000
Proyecto 2. Construcción Inspección de Policía Caño Negro
200.000
Proyecto 3. Arreglo carreteable vereda Campo Oscuro
100.000
Proyecto 4. Arreglo carreteable vereda Calafita
100.000
Proyectó 5. Reparación de la-escuela Banadía Medio
50.000
Proyecto 6. Reparación escuela Buenos Aires
50.000
Proyecto 7. Reparación escuela Cuatro Esquinas
50.000
Proyecto 8. Reparación escuela Las Playas Alto Bojaba
50.000
Proyecto 9. Reparación escuela Villa Cecilia
200.000
Proyecto 10. Obras varias en el cementerio local
100.000
Proyecto 11. Obras varias polideportivo de Saravena (Junta Acomunal Barrio Cochise)
200.000
Proyecto 12. Auxilio para la Junta Comunal de la vereda Cobalongo, para remodelación de la escuela
100.000
Proyecto 13. Auxilio Junta Comunal vereda La Salve(escuela)
100.000
Proyecto 14. Carreteable La Granada
100.000
Proyecto 15. Auxilio escuela La Pavita, Asociación Padres de Familia
100.000
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Proyecto 16. Construcción puente La Pava-Media
200.000
Proyecto 17. Carreteable de La Pava Media, vereda Cuatro Esquinas
100.000
Proyecto 18. Junta Comunal Barrio Cochise, para arreglo de calles
200.000
Proyecto 19. Red de acueducto Barrios San Jorge y Salinas
100.000
ARAUCA
3.450.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Para construcción alcantarillado Arauca
1.000.000
Proyecto 2. Junta Acomunal Barrio La Corocora, con destino a la pavimentación
1.000.000
Proyecto 3. Para la limpieza del caño Córdoba (Junta Acomunal Siete de Agosto)
300.000
Proyecto 4. Para la construcción escolar Gustavo Villa Díaz, obras varias
100.000
Proyecto 5. Para arreglo calles Junta Acomunal Flor de mi Llano
100.000
Proyecto 6. Para la Junta Acomunal Todos los Santos, arreglo vías
100.000
Proyecto 7. Arreglo de calles, Junta Acomunal de las Américas
150.000
Proyecto 8. Para mejoramiento de calles, Barrio Meridiano 70
150.000
Proyecto 9. Para Cuerpo de Bomberos de Arauca
150.000
Proyecto 10. Arreglo vía que conduce a la Cárcel Municipal
100.000
Proyecto 11. Construcción Puesto de Salud, Junta Acomunal Selvas del Lipa
300.000
TAME
4.200.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Puente caño :Morichal, vía la Quinchera-Corozo Largo-Tame
200.000
Proyecto 2. Arreglo vía puente caño Morichal Corozo Largo-Algarrobo-Gran Bucare
150.000
Proyecto 3. Construcción Inspección San Ignacio
100.000
Proyecto 4. Planta eléctrica San Ignacio
50.000
Proyecto 5. Motor fuera de borda, Junta Acomunal Cachama (Tame)
160.000
Proyecto 6. Junta Acomunal de San López, obras de fomento
100.000
Proyecto 7. Junta Acomunal Puerto Miranda, para carreteable puente Tabla-Arabia
100.000
Proyecto 8. Concha acústica(Tame)
190.000
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Proyecto 9. Para la construcción del puente sobre la quebrada Itibana, carreteable Tame-Naranjito
200.000
Proyecto 10. Construcción dos aulas y sala biblioteca, colegio Oriental Femenino
300.000
Proyecto 11. Junta Acomunal Puerto Miranda, para construcción puente sobre río Cubeca
450.000
Proyecto 12. Para biblioteca pública de Tame, dotación y reparación de enseres
100.000
Proyecto 13. Junta Acomunal de Puerto San Salvador, para obras de fomento
200.000
Proyecto 14. Para Acomunal de Saparay
300.000
Proyecto 15. Construcción carreteable para Palmarito-La Paz
150 000
Proyecto 16. Carreteable Tame La Hormiga
150.000
Proyecto 17. Junta Acomunal, vereda La Holanda, obra de fomento
100.000
Proyecto 18. Construcción cancha de basquet-boll, Junta Acomunal Barrio Las Ferias
100.000
Proyecto 19. Junta Acomunal Inspección de Betores, para obras de foménto
100.000
Proyecto 20. Biblioteca y laboratorio Liceo Tame
150.000
Proyecto 21. Electrificación colegio nocturno “Froilán Farías”
50.000
Proyecto 22. Junta Comunal de Betoyes, obras de fomento
50.000
Proyecto 23. Junta Acomunal Puerto Miranda, para planta eléctrica
400.000
Proyecto 24. Junta Acomunal Puerto Nidia, terminación de la iglesia
200.000
Proyecto 25. Junta.-Acomunal Nuevo Caranal
150.000
ARAUQUITA
$ 1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Arreglo carreteable El Triunfo-El Diamante
100.000
Proyecto 2. Adaptación escuela El Campamento
50.000
Proyecto 3. Canalización río Caranal, sitio denominado Bajo Caranal
150.000
Proyecto 4. Reparación escuela del Oasla
50.000
Proyecto 5. Carreteable Los Pájaros-Bocas del Jujú‑La Esmeralda
100.000
Proyecto 6. Empalme y carretera Puerto Gloria-San Francisco
150.000
Proyecto 7. Construcción puente sobre los Chorros, Junta Acomunal La Primavera
100.000
Proyecto 8. Construcción carreteable Los Chorros‑La Paz-Guaimaral-21 Palmarito
200.000
Proyecto 9. Construcción Inspección de Policía Panamá, en Arauco
50.000
Proyecto 10. Junta Acomunal de Reinera
50.000
Capitulo IV
Gastos de inversión.
CRAVO NORTE
900.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Construcción escuela Inspección de la Virgen
150.000
Proyecto 2. Construcción escuela Juriepe
100.000
Proyecto 3. Escuela Inspección Los Caballos
150.000
Proyecto 4. Arreglo del parque principal
150.000
Proyecto 5. Junta Comunal, obras de fomento
250.000
Proyecto 6. Arreglo carretera vía al aeropuerto
100.000
PUERTO RONDON
900.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Escuela El Calvario, vereda Los Acacios, reconstrucción
200.000
Proyecto 2. Reconstrucción escuela, Inspección de La Correa
200.000
Proyecto 3. Escuela Los Higuerones, reconstrucción
100.000
Proyecto 4. Puente colgante, sobre el caño Mata de Palma, vía Tranquilandia-La Argentina
400.000
FORTUL
900.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Construcción edificio administrativo municipal
500.000
Proyecto 2. Reconstrucción carreteable Morichal‑Puerto Miranda-Puerto Tabla (Junta Acomunal Puerto Miranda)
400.000
LA ESMERALDA
738.378
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Construcción aula, colegio José María Carbonell
200.000
Proyecto 2. Construcción de la caseta para la planta eléctrica
200.000
Proyecto 3. Terminación puente sobre el Jujú-La Esmeralda Hospital Ricardo Pampuri
138.378
Proyecto 4. Junta Comunal del centro, obras de fomento
100.000
Proyecto 5. Junta Comunal Barrio Obrero
100.000
Programa IV
Educativo.
Unidad ejecutora: Secretaría de Educación
2.900.000
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
2.700.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 401. Desarrollo cultural
1.400.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Becas estudiantes
700.000
Proyecto 2. Atuendos folclóricos
200.000
Proyecto 3. Centros culturales y académicos
500.000
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Subprograma 403. Fomento y desarrollo deportivo
300.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Canchas deportivas
300.000
Subprograma 404, Dotación colegios
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Colegio Cooperativo Alto Paujila
333.330
Proyecto 2. Colegio Caño Reina
333.330
Proyecto 3. Colegio Cooperativo San José Obrero, La Esmeralda
333.340
Inversión indirecta
200.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 451. Capacitación y crédito educativo
200.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. ICETEX
200.000
Programa. V
Agropecuario.
Unidad ejecutora: Secretaría de Planeación
18.300.251
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
2.570.251
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 501. Dotación y sostenimiento granjas industriales y agropecuarias
1.570.251
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
1.570.251
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 502. Fomento y desarrollo agropecuario
250.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
250.000
Subprograma 503. Reparación y remodelación granjas agropecuarias
750.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
750.000
Inversión indirecta
15.730.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 551. Aportes para Juntas de Ferias $
530.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
530.000
Subprograma 552. Aportes para fondos agropecuarios
15.200.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. En la Intendencia
200.000
Proyecto 1 Participación accionaría en el Fondo Ganadero de la Orinoquia (Impoventas)
75.000.000
Capitulo IV
Gastos de inversión.
¾¾¾¾¾¾
Total Gastos de Inversión
$
242.652.429
¾¾¾¾¾¾
Total Presupuesto de Gastos
356.105.000
¾¾¾¾¾¾
RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Intendencial
1.393.101
—
1.393.101
Despacho Intendencia)
9.289.422
—
9.288.422
Secretaría de Gobierno
28.168.462
3.305.000
31.473.462
Secretaría de Hacienda
42.836.162
1.000.000.
43.536..142
Secretaría de Obras Públicas
24.366.394
217.147.175
241.513.572
Secretaría de Educación
5.487.662
2.900.000
6.387.6Q2
Secretaría de Planeación
3.911.368
18.300.251
22.211.619
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
Total
$ 113.452.571
242.062.429
356.106.009
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 3° El único ordenador de gastos será el Intendente.
Artículo 4° Ningún pago podrá ser efectuado sin la refrendación de los documentos que lo originan por parte de la Auditoría Fiscal Regional.
Artículo 5° La partida autorizada para cada concepto, incluido en el Presupuesto de Gastos, deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Articulo 6° Ningún funcionario de la Intendencia podrá efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivo o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contravención de esta norma, serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativa y/o penales que les correspondan.
Artículo 7° La dependencia intendencial que tenga dentro del Presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo 8° Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que haya suministrado los bienes, de acuerdo con el contrata o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.
Artículo 9° Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de los giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el gobierno intendencial, a través del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir. Para ello, tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de loa meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse por las distintas dependencias administrativas, discriminadas por el objeto del gasto.
Artículo 10. La Administración Intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo 11. El monto total de los Acuerdos de Ordenación de Gastos tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de octubre en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores.
Artículo 12. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: La duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de la administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Auditoría; las participaciones a los municipios y corregimientos.
Parágrafo. Los saldos .no utilizados de las sumas aprobadas en el acuerdo de ordenación de gastos, caducan al final de la vigencia fiscal y no pueden utilizarse para vigencias siguientes.
Artículo 13. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado, incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva y fondos, expedido por la Auditoría Fiscal, aprobación de Dainco, si su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Artículo 14. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el Intendente.
Artículo 15. Cuando a un empleado público o trabajador oficial al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial mediante resolución previa dentro del territorio nacional, fuera de la Intendencia, se le autorizará el pago de viáticos según la siguiente escala:
Hasta
$ 14.500
$ 1.500
diarios.
De
$ 14.501 a $ 27.400
$ 2.500
”
De
$ 27.401 a $ 56.550
$ 3.600
“
De
$ 56.551 a $ 82.950
$ 4.350
“
De
$ 82.951 en adelante
$ 5.050
“
Cuando la comisión fuere ordenada dentro del mismo territorio, pero fuera del sitio habitual de trabajo y hubiere que pernoctar fuera de él, se reconocerán viáticos diarios así:
Hasta
$ 14.500
$ 950
diarios.
De
$ 14.501 a $ 27.400
$ 1.200
”
De
$ 27.401 a $ 56.550
$ 1800
”
De
$ 56.551 a $ 82.950
$ 2.150
”
De
$ 82.951 en adelante
$ 2.500
”
Parágrafo 1° Para determinar el valor de los viáticos. se tendrá en cuenta la asignación básica mensual., los gastos de representación y la prima técnica.
Parágrafo 2° Cuando un empleado público o trabajador oficial sea desplazado a un frente de trabaje donde la Intendencia haya instalado campamentos para su alojamiento y alimentación, no tendrá derecho a viáticos.
Artículo 16. Las comisiones de servicio se conferirán mediante resolución en la cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente y los empleados en comisión de estudios no tendrán derecho a devengar viáticos.
Artículo 17. Los Consejeros Intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial, en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante resolución previa.
Artículo 18. El pago de viáticos y gastos de viaje de los empleados intendenciales en comisión sólo podrán efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la cual se ordene la comisión y fije el término y objeto de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala respectiva. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando el desplazamiento se cumpla dentro del mismo día, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo 19. La remuneración de los empleados públicos se pagará por nómina conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles y la de los trabajadores oficiales por planilla. Esta clasificación se debe hacer al tenor del artículo 23 y siguientes del Decreto 1926 de 1975 y el artículo 5° del Decreto 3135 de 1968.
Artículo 20. El pago de las vacaciones en dinero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate del Intendente o de funcionarios de manejo, cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo 21. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo 22. El Intendente, a través de la Secretaría de Hacienda, deberá enviar mensualmente a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, copia de la ejecución presupuestal de rentas y gastos y del decreto de acuerdo mensual de ordenación de gastos en los primeros diez (10) días del mes siguiente.
Parágrafo. También deberá enviar a esta División, copia de los decretos de traslados presupuestales internos. Los informes de que trata este artículo, serán indispensables para tramitar los decretos que requieren aprobación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo 23. Las adquisiciones de elementos, tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia, se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito, debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 24. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales.
Igualmente, para asociarse o contratar con otras entidades del orden nacional la construcción de obras públicas y la prestación de servicios que se hallen a cargo de la Intendencia.
Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la Ley 7ª de enero 14 de 1981.
Artículo 15. Queda absolutamente prohibido dictar decretos de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo 26. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia, salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo 27. Los gastos de cada dependencia, tendrán el siguiente orden de prioridades para su giro:
Primera.
¾Servicios personales.
¾Transferencias de ley (cuota patronal, Caja de Previsión Social, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, SENA, ESAP).
¾Servicio de la deuda.
Segunda.
¾Gastos generales.
Tercera
—Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse ni refrendarse giros ni hacerse pagos cuando se hicieren en contravención con lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo 28. Prohíbese contracreditar las partidas correspondientes a la Caja de Previsión Social y el Servicio de la Deuda.
Artículo 29. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de abril de 1984 y fue aprobado en sus dos debates reglamentarios.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Arauca a los veintisiete (27) días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
(Fdo.), Arturo Avila Leguizamón, Presidente Consejo Intendencial.
(Fdo.), Rosalbina Navarro O., Secretaria ad-hoc.
Arauca, 30 de marzo de 1984.
En la fecha recibí el presente Acuerdo, emanado del Consejo Intendencial para obtener la sanción.
(Fdo.), Salomón Marín Agudelo, Secretario de Gobierno.
Por encontrarlo ajustado a la Constitución y a la Ley, la Intendencia Nacional de Arauca.
SANCIONADO: El presente Acuerdo emanado del Consejo Intendencial. Arauca, abril 2 de 1984.
(Fdo.), Alfonso Medina Delgado, Intendente Nacional de Arauca.
(Fdo.), Salomón Marín Agudelo, Secretario de Gobierno.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1° de abril de 1984.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 28 de mayo de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento,
Héctor Moreno Reyes