DECRETO 1278 DE 1984
(mayo 28)
por el cual se aprueba con modificaciones, supresiones y adiciones el Acuerdo número 001 del 20 de marzo de 1984, expedido por el Consejo Intendencial del Putumayo.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo 1° Aprobar con modificaciones, supresiones y adiciones, el Acuerdo número 001 del 20 de marzo de 1984, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional del Putumayo, para la vigencia fiscal del 1° de abril de 1984 al 31 de marzo de 1985:
ACUERDO NÚMERO 001 DE 1984
(marzo 20)
por el cual se fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Intendencia.
El Consejo Intendencial del Putumayo, en uso de sus atribuciones legales,
ACUERDA:
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
Artículo 1° Fijase el cómputo de las rentas e ingresos del Tesoro Intendencial para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de abril de 1984 y el 31 de marzo de 1985, en la cantidad de cuatrocientos cuarenta y dos millones quinientos treinta mil pesos ($ 442.530.000) moneda corriente, según los pormenores siguientes:
Capitulo I
Ingresos corrientes
$
442.530.000
¾¾¾¾¾¾
Ingresos tributarios
75.390.000
¾¾¾¾¾¾
B. Impuestos indirectos
75.390.000
¾¾¾¾¾¾
05. Tabaco
25.000.000
06. Cervezas
50.000.000
07. Degüello ganado mayor
70.000
08. Gasolina
150.000
09: Cigarrillos extranjeros
10.000
10. Licores y vinos extranjeros
10.000
11. Licores y vinos nacionales
150.000
Ingresos no tributarios
367.140.000
¾¾¾¾¾¾
A. Tasas por servicios
7.000.000
¾¾¾¾¾¾
15. Energía
7.000.000
B. Rentas ocasionales
540.000
¾¾¾¾¾¾
22. Multas
200.000
24. Aprovechamientos
230.000
25. Ventas de formularios
100.000
Capitulo I
27. Intereses de depósitos bancarios
10.000
C. Rentas contractuales
15.100.000
¾¾¾¾¾¾
28. Arrendamientos
100.000
29. Explotación de licores
15.000.000
D. Aportes y participaciones
344.500.000
¾¾¾¾¾¾
34. Participación regalías petrolíferas
130.000.000
35. Cuenta de estabilización de precios derivados del petróleo. Electrificadoras
60.000.000
36. Participación impuesto a las ventas
154.500:000
¾¾¾¾¾¾
Total Presupuesto de Rentas e Ingresos
$
442.530.000
¾¾¾¾¾¾
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS
Articulo 2° Aprópiase para atender los gastos del gobierno intendencial, durante la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°)de abril de1984 y el treinta y uno (31) de marzo de 1985, una suma igual a la del cálculo de rentas e ingresos del Tesoro, determinado en el artículo anterior, distribuido así:
Capitulo III
Gastos de funcionamiento.
Consejo Intendencial
A. Servicios personales
746.400
1. Dietas
640.000
2. Sueldos del personal de nómina (2 1/2)
81.000
3. Gastos de representación
20.000
8. Prima de navidad
5.400
B. Gastos generales
$ 620.000
¾¾¾¾¾¾
18. Viáticos y gastos de viaje
600.000
21. Materiales y suministros
20.000
¾¾¾¾¾¾
Total Consejo Intendencia)
$
1.366.400
¾¾¾¾¾¾
Despacho Intendencial.
A. Servicios personales
6.857.009
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos del personal de nómina
4.426.200
3. Gastos de representación
433.800
4. Honorarios
1.000.000
8. Prima de navidad
447.320
9. Prima técnica
87.000
10. Prima de vacaciones
214.714
11. Prima semestral
206.125
12. Indemnización por vacaciones
41.850
B. Gastos generales
1.505.000
¾¾¾¾¾¾
18. Viáticos y gastos de viaje
500.000
20. Servicios públicos
100.000
21. Materiales y suministros
150.000
22. Impresos y publicaciones
70.000
26. Gastos de orden público
500.000
Capitulo III
27. Gastos especiales
150.000
28. Gastos varios e imprevistos
35.000
¾¾¾¾¾¾
Total Despacho Intendencial
$
8.362.009
¾¾¾¾¾¾
Secretaria de Gobierno.
A. Servicios personales
9.943.838
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos del personal de nómina
8.151.000
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
760.560
10. Prima de vacaciones
365.078
11. Prima semestral
350.475
12. Indemnización por vacaciones
56.325
B. Gastos generales
1.519.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
50.000
17. Compra de equipo
100.000
18. Viáticos y gastos de viaje
500.000
20. Servicios públicos
100.000
21. Materiales y suministros
200.000
23. Arrendamientos
564.000
28. Gastos varios e imprevistos
5.000
C. Transferencias
1.785.360
¾¾¾¾¾¾
b) Pago a otras entidades del sector público.
35. Pago servicios Policía Nacional
50.000
d) Otras transferencias.
54. Raciones y traslado de presos
100.000
56. Auxilio banda de músicos
280.000
59. Celebración Día del Campesino
500.000
66. Bonificación cabildos indígenas
855.360
Sección Alcaldías, Corregimientos e Inspecciones de Policía.
A. Servicios personales
17.207.110
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos personal de nómina
14.578.800
8. Prima de navidad
1.318.250
10. Prima de vacaciones
632.760
11. Prima semestral
607.450
12. Indemnización por vacaciones
69.850
B. Gastos generales
1.120.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguras
150.000
17. Compra de equipo
200.000
18, Viáticos y gastos de viaje
150.000
19: Comunicaciones y transporte
70.000
21. Materiales y suministros
300.000
23. Arrendamientos
250.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Gobierno
$
31.575.308
¾¾¾¾¾¾
Capitulo III
Secretaria de Hacienda.
A. Servicios personales
10.767.183
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos del personal de nómina
8.712.600
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
819.228
9. Prima técnica
87.000
10. Prima de vacaciones
393.230
11. Prima semestral
377.500
12. Indemnización por vacaciones
84.975
13. Reconocimiento por entrega de oficina
32.250
B. Gastos generales
2.155.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
100.000
17. Compra de equipo.
400.000
18. Viáticos y gastos de viaje
600.000
20. Servicios públicos
100.000
21. Materiales y suministros
300.000
22. Impresos y publicaciones
300.000
23. Arrendamientos
250.000
25. Pago por primas de pólizas de manejo
100.000
28. Gastos varios e imprevistos
5.000
C. Transferencias
$ 67.133.676
¾¾¾¾¾¾
a) Pago de previsión social.
31. Aporte patronal Caja de Previsión Social
13:119.855
32. Cesantías
13.666.515
33. Aporte a Caja de Previsión Social, pago pensiones de jubilación-I.V.
20.000.000
b) Pago a otras entidades del sector público.
37. SENA
691.829
38. ESAP
691.829
39. ICBF
1.383.658
41. Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas
5.411.700
42. Escuelas industriales
1.383.658
43. Aporte extraordinario municipios y corregimientos
2.500.000
Mocoa
500.000
Villagarzón
500.000
Sibundoy
500.000
Puerto Leguizamo
500.000
Colón
500.000
2.500.000
¾¾¾¾¾¾
c) Pagos a particulares y organismos privados.
46. Aporte a Caja Compensación Familiar
5.534.632
47. Pago pensiones hospitales y clínicas siquiátricas
2.000.000
Capitulo III
d) Otras transferencias.
57. Aguinaldo del niño pobre
300.000
58. Auxilio gente de escasos recursos
200.000
64. Participación a guardas por decomiso
50.000
68. Aporte a granero sindical
200.000
D. Servicio de la deuda
10.388.213
¾¾¾¾¾¾
88. Saldo deudas vigencias expiradas (I.V. 2.250.000)
2.637.705
–
90. Pago deuda convención colectiva 1983-I.V.
1.150.000
91. Pago deuda Municipio de Puerto Asís
6.600.508
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Hacienda
$
90.444.072
¾¾¾¾¾¾
Secretaría de Obras Públicas.
A. Servicios personales
73.803.635
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos del personal de nómina
25.381:200
3. Gastos de representación
260.400
6. Jornales
30.000.000
8. Prima de navidad
8.713.577
9. Prima técnica
348.000
10. Prima de vacaciones
4.182.517
11. Prima semestral
4.015.216
12. Indemnización por vacaciones
52.725
14. Otras primas según convención colectiva
850.000
B. Gastos generales
12.827.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
100.000
17. Compra de equipo
150.000
18. Viáticos y gastos de viaje
2.000.000
21. Materiales y suministros
3.000.000
23. Arrendamientos
72.000
28. Gastos varios e Imprevistos
5.000
29. Dotación obreros 1983-84.-I.V.
7.500.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaria de Obras Públicas
$
86.630.635
¾¾¾¾¾¾
Secretaria de Planeación y Desarrollo.
A. Servicios personales
4.765.383
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos del personal de nómina
3.432.000
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
365.343
9. Prima técnica
348.000
10. Prima de vacaciones
175.365
11. Prima semestral
168,350
12. Indemnización por vacaciones
15.925
B. Gastos generales
815.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
10.000
18. Viáticos y gastos de viaje
300.000
20. Servicios públicos
100.000
Capitulo III
21. Materiales y suministros
200.000
22. Impresos y publicaciones
100.000
24. Sostenimiento de semovientes
100.000
28. Gastos varios e imprevistos
5.000
C. Transferencia
500.000
¾¾¾¾¾¾
67. Funcionamiento Comité de Planeación
200.000
69. Complementación y funcionamiento ordenamientos urbanos-Mocoa
300.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Planeación y Desarrollo
$
6.080.383
¾¾¾¾¾¾
Secretaria de Educación
A. Servicios personales
1.083.235
¾¾¾¾¾¾
2. Sueldos del personal de nómina
636.000
3. Gastos de representación
260.400
8. Prima de navidad
81.054
10. Prima de vacaciones
38.906
11. Prima semestral
37.350
12. Indemnización por vacaciones
29.525
B. Gastos generales
$ 385.000
¾¾¾¾¾¾
16. Mantenimiento y seguros
20.000
18. Viáticos y gastos de viaje
200.000
20. Servicios públicos
100.000
21. Materiales y suministros.
60.000
28. Gastos varios e imprevistos.
5.000
C. Transferencias
250.000
¾¾¾¾¾¾
d) Otras transferencias.
10. Festividades fin de año
250.000
¾¾¾¾¾¾
Total Secretaría de Educación
$
1.718.235
¾¾¾¾¾¾
Total Gastos de Funcionamiento
$
226.177.042
¾¾¾¾¾¾
RESUMEN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
A. Servicios personales
125.173.793
B. Gastos generales
20.946.000
C. Transferencias
69.669.036
D. Servicio de la deuda
10.388.213
¾¾¾¾¾¾
Total
$ 226.177.042
¾¾¾¾¾¾
Capitulo IV
Gastos de inversión.
Programa II
Secretaría de Hacienda.
Unidad ejecutora: Secretaría: de Hacienda
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 201. Compra de certificados de aportación COINCO-R.Ó.
1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Programa III
Obras Públicas.
Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas
201.925.181
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
193.797.881
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 301. Construcción carreteras y calles
30.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Carretera Orito-Kofanía-I.V.
25.000.000
Proyecto 2. Terminación vía al muelle, Puerto Asís I. V.
3.000.000
Proyecto 3. Carretera Sibundoy-El Resguardo-I.V.
1.000.000
Proyecto 4. Carretera Puente Mandar-Alto Afán-I.V.
1.500.000
Subprograma 302. Conservación carreteras y calles
9.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Conservación y replanteo vía Mocoa-Villagarzón-Puerto Limón-Santa Lucía-Puerto Guzmán-El Bombón-I.V.
6.000.000
Proyecto 2. Conservación camino Condagua-Yunguillo R.O.
500.000
Proyecto 3. Conservación carretera El Placer-La Siberia-R.O.
3.000.000
Subprograma 305. Conservación puentes
3.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Reparación y conservación puentes en el territorio-I.V.
3.000.000
Subprograma 309. Remodelación y reparación edificios públicos
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Edificios públicos intendenciales-I.V.
2.000.000
Subprograma 325. Adquisición plantas eléctricas
5.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Adquisición planta eléctrica Villagarzón, Puerto Limón-I.V.
5.500.000
Subprograma 326. Coloeación redes eléctricas
5.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Adquisición transformador para el Valle de Sibundoy-I.V.
5.000.000
Capitulo IV
Subprograma 327. Reparación y mantenimiento plantas y equipos eléctricos
15.300.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Plantas y equipos eléctricos intendenciales-R.O.
10.000.000
Proyecto 2. Electrificación y mantenimiento plantas intendenciales-I.V.
5.300.000
Subprograma 329. Reparación y mantenimiento planta y equipo telefónico
400.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Planta telefónica intendencial-R.O.
400.000
Subprograma 330. Construcción, ampliación acueductos y alcantarillados
1.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Contrapartida convenio agua para todos R.O.
1.500.000
Subprograma 333. Construcción obras de defensa de los ríos
3.800.000
¾¾¾¾¾¾
Nuevo proyecto 1. Muro contención río Mocoa
3.800.000
I. V. 3.220.000
R.O. 580.000
Subprograma 335. Construcción muelles
$ 1.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Construcción muelle San Miguel-I.V.
1.000.000
Subprograma. 339. Compra combustible para generación energía eléctrica
44.817.881
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Combustible plantas intendenciales-R.O.
36.341.881
Proyecto 2. Contrato CEDENAR-R.O.
8.476.000
Subprograma 340. Reparación y mantenimiento equipo de obras públicas
11.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Equipo de obras públicas intendencial R. O.
9.000.000
Proyecto 2. Reparación maquinaria obras públicas intendencial-I.V.
2.000.000
Subprograma 341. Compra combustible-y lubricantes maquinaria pesada
9.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Maquinaria de obras públicas intendencial-R.O.
9.000.000
Subprograma 342. Construcciones de obras públicas prioritarias con participación Impoventas, previa distribución Comité de Planeación Local, con la asesoría de la Secretaría de Obras Públicas Intendencial
46.980.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Municipio de Mocoa
9.650.000
Proyecto 2. Municipio de Puerto Asís
13.900.000
Proyecto 3. Municipio de Orito
5.780.000
Proyecto 4. Municipio de Villagarzón
4.310.000
Proyecto 5. Municipio de Puerto Leguízamo
4.200.000
Proyecto 6. Municipio de Sibundoy
2.880.000
Capitulo IV
Proyecto 7. Corregimiento de Colón
2.070.000
Proyecto 8. Corregimiento de Santiago
2.160.000
Proyecto 9. Corregimiento de San Francisco
2.230.000
Subprograma 343. Fonda de Obras Públicas Municipales y Corregimentales-R.O.
4.500.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Pavimentación calle vía al cementerio Mocoa
1.000.000
Proyecto 2.. Pavimentación calle principal Barrio El Progreso, Mocoa
1.000.000
Proyecto 3. Para construcción de obras públicas en Puerto Leguízamo, Sibundoy y Colón
2.500.000
Inversión indirecta
8.127.300
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 381. Aporte para Fondo de Obras Públicas Municipales y Corregimentales-R.O.
8.127.300
¾¾¾¾¾¾
El aporte para Juntas de Acción Comunal se ejecutará con la interventoría de la Secretaría de Obras Públicas.
Proyecto 1. Construcción y dotación Internado Misional Puerto Limón
127.300
Proyecto 2. Junta Acomunal Central Orito, para construcción escuela Bajo Primavera
100.000
Proyecto 3. Junta Acomunal El Pepino, Mocoa, para terminación cancha de fútbol
200.000
Proyecto 4. Junta Acomunal Campucana, Mocoa, para arreglo camino de la vía principal a San Francisco hasta la vereda del mismo nombre
200.000
Proyecto 5. Junta Acomunal Barrio El Progreso, Mocoa, para recalzar y prolongación muro de contención del río Sangoyaco
300.000
Proyecto 6. Junta Acomunal Barrio San Agustín, Mocoa, para construcción y reparación alcantarillado
150.000
Proyecto 7. Junta Acomunal San Antonio, Mocoa, para ampliación aula escolar mixta
100.000
Proyecto 8. Junta Acomunal del Pepino, Mocoa, para terminación puente colgante sobre río Mocoa (Jamioy)
150.000
Proyecto 9. Junta Acomunal, Villagarzón, para tarabita sobre río Putumayo
100.000
Proyecto 10. Junta Acomunal San Martín, Mocoa, para reparación de un camino de herradura desde el río Mocoa hasta la vereda. San Martín
300.000
Capitulo IV
Proyecto 11. Junta Acomunal El Sarzal, Mocoa, para construcción de un camino de herradura desde el río Mocoa a la vereda El Sarzal
100.000
Proyecto 12. Junta Acomunal San Luis de Chontayaco, Mocoa, para conservación camino de Mocoa hasta la vereda San Luis
300.000
Proyecto 13. Junta Acomunal Central, Orito, para dotación hogar infantil
100.000
Proyecto 14. Junta Acomunal San Antonio, Mocoa, para conservación camino de herradura de San Antonio-Campucana-San Martín
400.000
Proyecto 15. Junta Acomunal Medio Afán, Mocoa, terminación del nuevo puente colgante sobre el río Mocoa
300.00
Proyecto 16. Junta Acomunal Rondoyaco, Mocoa, para empalancado del camino que conduce a la vía central a Condagua, hasta la vereda Rondayaco
300.000
Proyecto 17. Junta Acomunal La Rivera-Lorenzo (Cuembi), Puerto Asís, para Puesto de Salud
150.000
Proyecto 18. Junta Acomunal Alto Mecaya, Villagarzón, para arreglo y conservación camino de la carretera central a dicha vereda
150.000
Proyecto 19. Junta Acomunal, vereda Diamante, San Francisco, para arreglo camino
100.000
Proyecto 20. Junta Acomunal vereda Michoy-San José, El Encino, para arreglo de camino y otros, Las Cochas-Canal D.
200.000
Proyecto 21. Junta Acomunal vereda Protal, San Francisco, para arreglo caminos
100.000
Proyecto 22. Junta Acomunal vereda San Isidro, San Francisco, para arreglo caminos
100.000
Proyecto 23. Junta Acomunal, San Francisco, para arreglo caminos
100.000
Proyecto 24. Junta Acomunal Putumayo, San Francisco para conservación camino vereda La Espinosa-Portachuelo
100.000
Proyecto 25. Junta Acomunal Putumayo, San Francisco, para conservación camino Portachuelo-Michoy $
100.000
Proyecto 26. Junta Acomunal San Antonio, vereda Porotoyaco, San Francisco, para pago de energía eléctrica a Cedenar
300.000
Proyecto 27. Junta Acomunal Balsayaco; Santiago, para electrificación de la vereda
300.000
Proyecto 28. Junta Acomunal, Santiago, para pavimentación calle principal
300.000
Proyecto 29. Junta Acomunal Santiago, Santiago, para arreglo de camino vereda Cascajo
100.000
Capitulo IV
Proyecta 30. Junta Acomunal Santiago, Santiago, para construcción escuela Fuisanoy
100.000
Proyecto 31. Junta Acomunal Central Puerto Asís, para carretera Agua Negra-Santa Lucía
200.000
Proyecto 32. Junta Acomunal Aguanegra, Puerto Asís, para reparación escuela
50.000
Proyecto 33. Junta Acomunal Playa Nueva, Puerto Asís, para arreglo escuela
50.000
Proyecto 34. Junta Acomunal Santa Lucía, Puerto Asís, para arreglo escuela
50.000
Proyecto 35. Junta Acomunal La Esmeralda, Inspolicía La Hormiga, Puerto Asís, para reparación y terminación escuela Mundo Nuevo
200.000
Proyecto 36. Junta Acomunal Miravalle, Inspolicía La Hormiga, Puerto Asís, para terminación caseta Acomunal y arreglo camino
200.000
Proyecto 37. Junta Acomunal Barrio San Nicolás, Puerto Asís, para arreglo muelle plaza ferias
500.000
Proyecto 38. Junta Acomunal El Caribe, Puerto Asís, para reparación carretera
300.000
Proyecto 39. Junta Acomunal Peñarosa, Puerto Asís, para construcción puente en la carretera Galpón-Río-Cocoya
150.000
Proyecto 40. Junta Acomunal Inspolicía Santa Lucía, Mocoa, para arreglo camino vereda El Chichico
200.000
Proyecto 41. Junta Acomunal Santa Lucía, Macoa, para terminación colegio bachillerato
300.000
Proyecto 42. Junta Acomunal San Juan Vides; Orito, para construcción aula escolar
100.000
Proyecto 43. Junta Acomunal Churuyaco, Orito, para construcción unidad sanitaria
100.000
Proyecto 44. Junta Acomunal Santa Teresa, Orito, construcción camino
100.000
Proyecto 45. Junta Acomunal Central, Orito, para remodelación Colegio San José
100.000
Proyecto 46. Junta Acomunal Central, Orito, para construcción camino carreteable vereda Burdines Santo Tomás
100.000
Programa IV
Educativo.
Unidad ejecutora: Secretaría de Educación
1.127.777
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
877.777
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 401. Desarrollo cultural
800.000
Proyecto 1. Fomento de la cultura-I.V.
800.000
Subprograma 402. Capacitación personal
77.777
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Bonificación trabajadores oficiales estudiantes-R.O.
77.777
Inversión indirecta
250.000
¾¾¾¾¾¾
Programa IV
Subprograma 451. Capacitación y crédito educativo
250.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Auxilio para hijos de trabajadores oficiales que cursen estudios universitarios-R.O.
250.000
Programa V
Planeación y Desarrollo.
Unidad ejecutora: Secretaria de Planeación y Desarrollo
12.300.000
¾¾¾¾¾¾
Inversión directa
2.300.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 502. Fomento y desarrollo agropecuario
300.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Lotes demostrativos-I.V.
300.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 504. Desarrollo regional
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Plan de desarrolló intendencial-I.V.
2.000.000
Inversión indirecta
10.000.000
¾¾¾¾¾¾
Subprograma 552. Aportes para fondos agropecuarios I.V.
8.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Refinanciación Fondo Ganadero del Pumayo-I.V.
8.000.000
Subprograma 553. Aportes supervisados cooperativas integrales
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Proyecto 1. Construcción y equipamiento fábrica Cooperativa de Harina de Plátano de Puerto Guzmán- I.V.
2.000.000
¾¾¾¾¾¾
Total Gastos de Inversión
$
210.352.958
¾¾¾¾¾¾
Total Presupuesto de Gastos
$
442.530.000
¾¾¾¾¾¾
RESUMEN
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Intendencial
1.366.400
—
1.366.400
Despacho Intendencial
8.362.009
—
8.362.006
Secretaria de Gobierno
31.575.308
—
31.575.308
Secretaría de Hacienda
90.444.072
1.000.000
91.444.072
Secretaría de Obras Públicas
86.630.635
201.925.181
288.555.816
Secretaría de Planeación y Desarrollo
6.080.383
12.300.900
18.380.383
Secretaría de Educación
1.718.235
1.127.777
2.846.012
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
Total
$ 226.177.042
216.352.958
442.530.000
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
¾¾¾¾¾¾
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 3º El único ordenador de gastos será el Intendente.
Artículo 4º Ningún pago podrá ser efectuado sin la refrendación de los documentos que lo originan por parte de la Auditoría Fiscal Regional.
Artículo 5º La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos, deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo 6º Ningún funcionario de la Intendencia podrá efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivo o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contravención de esta norma, serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo 7º La dependencia intendencial que tenga dentro del Presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las abras ya iniciadas antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo 8º Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que haya suministrado los bienes, de acuerdo con el contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.
Artículo 9º Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de los giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el gobierno intendencial, a través del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir. Para ello, tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse por las distintas dependencias administrativas, discriminadas por el objeto del gasto.
Artículo 10. La Administración Intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo 11. El monto total de los Acuerdos de Ordenación de fastos tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de octubre en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores.
Artículo 12. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: La duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de la administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Auditoría; las participaciones a los municipios y corregimientos.
Parágrafo. Los saldos no utilizados de las sumas aprobadas en el acuerdo de ordenación de gastos caducan al final de la vigencia fiscal y no pueden utilizarse para vigencias siguientes.
Artículo 13. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado, incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva y fondos, expedido por la Auditoría Fiscal, aprobación de Dainco, al su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Artículo 14. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el Intendente.
Artículo 15. Cuando a un empleado público o trabajador oficial al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial mediante resolución previa dentro del territorio nacional, fuera de la Intendencia, se le autorizará el pago de viáticos según la siguiente escala:
Hasta
$ 14.500
$ 1:500
diarios.
De
$ 14.501 a $ 27.400
$ 2.500
”
De
$ 27.401 a $ 56.550
$ 5.800
”
De
$ 56.551 a $ 82.950
$ 4.350
”
De
$ 82.951 en adelante
$ 5.050
”
Cuando la comisión fuere ordenada dentro del mismo territorio, pero fuera del sitio habitual de trabajo y hubiere que pernoctar fuera de él, se reconocerán viáticos diarios así:
Hasta
$ 14.500
$ 950
diarios.
De
$ 14.501 a $ 27.400
$ 1.200
”
De
$ 27.401 a $ 56.550
$ 1800
”
De
$ 56.551 a $ 82.950
$ 2.150
”
De
$ 82.951 en adelante
$ 2.500
”
Parágrafo 1° Para determinar el valor de los viáticos, se tendrá en cuenta la asignación básica mensual, los gastos de representación y la prima técnica.
Parágrafo 2° Cuando un empleado público o trabajador oficial sea desplazado a un frente de trabajo donde la Intendencia haya instalado campamentos para su alojamiento y alimentación, no tendrá derecho a viáticos.
Artículo 16. Las comisiones de servicio se conferirán mediante resolución en la cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente y los empleados en comisión de estudios no tendrán derecho a devengar viáticos.
Artículo 17. Los Consejeros Intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante resolución previa.
Artículo 18. El pago de viáticos y gastos de viaje de los empleados intendenciales en comisión sólo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la cual se ordene la comisión y fije el término y objeto de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala respectiva. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando el desplazamiento se cumpla dentro del mismo día, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo 19. La remuneración de los empleados públicos se pagará por nómina, conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles y la de los trabajadores oficiales por planilla.
Esta clasificación se debe hacer al tenor del artículo 23 y siguientes del Decreto 1926 de 1975 y el artículo 5° del Decreto 3135 de 1968.
Artículo 20. El pago de las vacaciones en dinero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate del Intendente o de funcionarios de manejo, cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo 21. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo 22. El Intendente, a través de la Secretaría de Hacienda, deberá enviar mensualmente a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, copia de la ejecución presupuestal de rentas y gastos y del decreto de acuerdo mensual de ordenación de gastos en los primeros diez (10) días del mes siguiente.
Parágrafo. También deberá enviar a esta División, copia de los decretos de traslados presupuestales internos. Los informes de que trata este artículo, serán indispensables para tramitar los decretos que requieren aprobación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo 23. Las adquisiciones de elementos, tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia, se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito, debida-mente estampillado con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 24. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales.
Igualmente, para asociarse o contratar con otras entidades del orden nacional la construcción de obras públicas y la prestación de servicios que se hallen a cargo de la Intendencia.
Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la Ley 7, de enero 14 de 1981.
Artículo 25. Queda absolutamente prohibido dictar decretos de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo 26. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia, salvo lo que se pacte con convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo 27. Los gastos de cada dependencia, tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera.
– Servicios personales.
– Transferencias de ley (cuota patronal Caja de Previsión Social, Instituto Colombiano de Bienestar- Familiar y Caja de Compensación Familiar, SENA, ESAP).
– Aportes a los municipios y corregimientos.
– Servicio de la deuda.
Segunda.
– Gastos generales.
Tercera.
– Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse ni refrendarse giros ni hacerse pagos cuando se hicieren en contravención con lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo 28. Prohíbese contracreditar las partidas correspondientes a la Caja de Previsión Social. y el servicio de la deuda.
Artículo 29. Este Acuerdo rige a partir del primero (14) de abril de 1984.
Comuníquese y cúmplase.
Presentado por el gobierno intendencial para la aprobación del honorable Conseja Intendencial.
(Fdo.), Julio Beltrán Franco, Presidente Consejo Intendencial.
(Fdo.), Edgar Polivio Rosero, Secretario Consejo Intendencial.
El suscrito Secretario del Consejo Intendencial del Putumayo, hace constare Que el presente Acuerdo, distinguido con el número 001 de marzo 20 de 1984, fue debatido en el salón del honorable Consejo Intendencial en sus dos (2) sesiones reglamentarias y aprobado por unanimidad.
Para constancia se firma en Mocoa, a los veintiséis (26) días del mes de marzo de 1984.
(Fdo.), Edgar Polivio Rosero P., Secretario Consejo Intendencial.
Intendencia Nacional del Putumayo-Secretaría Consejo Intendencial.-Mocoa, marzo 26 de 1984.
En la fecha se envía el presente Acuerdo al señor Intendente Nacional del Putumayo para su sanción correspondiente.
(Fdo.), Edgar Polivio Rosero P., Secretario Consejo Intendencial.
Intendencia Nacional del Putumayo.-Mocoa, marzo 28 de 1984.
SANCIONADO: El Acuerdo distinguido con el número 001 de marzo 20 de 1984, expedido por el honorable Consejo Intendencial del Putumayo, se sanciona por ser legal en todas sus partes.
(Fdo.), T. C. (r.), Bernardo Grisales Muñoz, Intendente Nacional del Putumayo,
(Fdo.), Luis Orlando Peña Hernández, Secretario de Hacienda.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de su fecha de expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de abril de 1984.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 28 de mayo de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Héctor Moreno Reyes.