DECRETO 1245 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  1245 DE 1986    

(abril  18)    

     

Por  el cual se modifica el Decreto número  2085 de 1975.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  el artículo 121 del Decreto 2085 de 1975  establece que las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada  (FM) operarán en forma tal que sus frecuencias centrales permanezcan separadas  unas de otras doscientos (200) kilohertz.    

Que  se hace necesario ampliar el número de canales de la distribución nacional para  la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM).    

Que  para la adecuada prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia  modulada (FM) no se requiere de relaciones de protección en radiofrecuencia tan  elevadas como las estipuladas en el artículo 124 del mencionado decreto,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1º El Ministerio de Comunicaciones reglamentará la distribución nacional de las  frecuencias centrales para la operación de las estaciones de radiodifusión  sonora en frecuencia modulada (FM) y fijará la relación de protección en  radiofrecuencia que se deberá mantener según la separación entre portadores y  la clase de transmisiones que se efectúen.    

     

Artículo  2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los  artículos 121 y 124 del Decreto 2085 de 1975,  y demás disposiciones que le sean contrarias.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1986.    

     

BELISARIO  Betancur    

     

La  Ministra de Comunicaciones,    

NOEMÍ  SANÍN POSADA.              

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