DECRETO 1242 DE 1985
(mayo 3)
por el cual se aprueba el Acuerdo 29 del 14 de noviembre de 1984, expedido por el Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 029 del 14 de noviembre de 1984 emanado del Consejo Superior de la Universidad de la Amazonia, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 029 DE 1984
(noviembre 14 )
por el cual se establece la planta de personal de la Universidad de la Amazonia y se determina el número de trabajadores oficiales.
El Consejo Superior de la Universidad de la Amazonia, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Universidad de la Amazonia, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
Rectoría
1
Rector de Universidad
0045
03
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Secretaría General
Secretario General de Universidad
0075
01
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
Sección de Admisiones, Registro y Control Académico
1
Jefe de Sección
2075
02
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Secretario
5140
06
Oficina de Planeación
1
Jefe de Oficina
2045
09
1
Secretario
5140
06
Instituto Amazónico de Investigaciones
1
Secretario
5140
06
Vicerrectoría Académica
1
Vicerrector de Universidad
0060
01
1
Dibujante
4095
06
2
Auxiliar de Técnico
4110
03
1
Secretario
5140
08
Centro de Extensión y Educación a Distancia
1
Director de Centro
2140
08
1
Secretario
5140
06
Facultad de Ciencias de la Educación
1
Decano de Universidad
0085
01
1
Secretario
5140
08
3
Secretario
5140
06
Facultad de Ciencias Agropecuarias
1
Decano de Universidad
0085
01
1
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
Facultad de Ciencias Contables y Económicas
1
Decano de Universidad
0085
01
1
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
Sección de Biblioteca e Información Científica
1
Jefe de Sección
2075
02
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Ayudante de Oficina
5155
07
Dirección Administrativa
1
Director Administrativo de Universidad
0060
01
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Secretario
5140
06
División Financiera
1
Jefe de División
2040
03
1
Técnico en Presupuesto
4035
07
1
Pagador
5045
13
1
Cajero
5095
08
1
Secretario
5140
06
División de Servicios Administrativo
1
Jefe de División
2040
03
1
Supervisor
5105
12
1
Almacenista
5080
13
1
Secretario
5140
06
1
Ayudante de Oficina
5155
05
1
Operario Calificado
6000
07
6
Celador
6020
06
2
Chofer Mecánico
6010
08
Artículo 2º En concordancia con lo dispuesto en el artículo 122 del Decreto 80 de 1980, la planta de personal de trabajadores oficiales será de 12 empleos.
Artículo 3º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Florencia (Caquetá), a los catorce (14) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
El Presidente, (fdo.) Mauricio González Medina.
El Secretario (E.), (fdo.) Gustavo Quintero Cuéllar.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de mayo de 1985
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ROBERTO JUNGUITO BONNET.
La Ministra de Educación Nacional,
DORIS EDER DE ZAMBRANO.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
ERICINA MENDIZA SALADEN.