DECRETO 124 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  124 DE 1986    

(enero  11)    

     

Por el cual se dispone la suscripción de títulos de ahorro nacional,  TAN, para el Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales y en  especial las conferidas por la Ley 34 de 1984, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  el artículo 11 de la Ley 34 de 1984 facultó  al Gobierno Nacional para determinar que, previo concepto    

favorable  de la Junta Monetaria, los organismos y entidades públicas del orden nacional  inviertan los aportes del Presupuesto Nacional y sus propios recursos total o  parcialmente, en Títulos de Ahorro Nacional, TAN, con excepción de los recursos  para los cuales se haya dispuesto una inversión específica con fuerza de ley;    

Que  para los efectos del considerando anterior, el Gobierno Nacional ha ordenado la  emisión de “Títulos de Ahorro Nacional, TAN, Clase B”;    

Que  el Gobierno Nacional considera procedente disponer la suscripción de  “Títulos de Ahorro Nacional, TAN,” para el Fondo de Promoción de  Exportaciones, PROEXPO, entidad a la cual, por estar sujeta al control de la  Superintendencia Bancaria, no le es aplicable el Decreto 2147 de 1985,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° El Fondo de Promoción de Exportaciones,  PROEXPO, debe mantener suscrito el noventa por ciento (90%) del total de sus  depósitos bancarios en “Títulos de Ahorro Nacional, TAN, Clase B”.    

     

Artículo  2° Las disposiciones de los artículos  3° a 6°  del Decreto 2147 de 1985  le serán aplicables al Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO.    

     

Artículo  3° El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 11 de enero de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

HUGO  PALACIOS MEJIA.    

           

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