DECRETO 1230 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO  1230 DE 1987    

(julio 2)    

Por el cual se autoriza la  designacion de cien jueces instruccion criminal y se determina la Planta de  Personal de los Despachos Judiciales.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le  confieren los artículos 70 y 71 de la Ley 2ª. de  1984,    

DECRETA:    

Artículo 1° De conformidad con las necesidades de investigación y teniendo en  cuenta el artículo 70 de la Ley 2ª de 1984,  autorizase la designación de cuarenta (40) Jueces de Instrucción Criminal para  que desempeñen sus funciones en los circuitos penales en donde no haya Juez de  Instrucción Criminal radicado.    

Artículo 2° De conformidad con las necesidades de que impone el Decreto 050 de 1987  a los Jueces de Instrucción Criminal y teniendo en cuenta el artículo 70 de la Ley 2ª de 1984,  autorizase la designación de sesenta (60) Jueces de Instrucción Criminal, cuya  distribución la hará el Consejo Nacional de Instrucción Criminal.    

Artículo 3° La Planta de Personal correspondiente a cada Juzgado de  Instrucción Criminal de que trata este Decreto será la siguiente:    

Artículo 4°  Los Jueces de Instrucción Criminal de que trata este Decreto quedan adscritos a  las respectivas Direcciones Seccionales de Instrucción Criminal para los  efectos previstos en los Decretos 2267 de 1969 y 533 de 1971 y los  que los adicionan o reforman.    

Artículo 5° La primera designación que efectúen los Tribunales Superiores de  Distrito Judicial, de conformidad con la autorización prevista en este Decreto,  se entenderá hecha por el resto del actual período judicial.    

Artículo 6° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de julio de 1987.    

VIRGILIO BARCO    

El Ministro de Justicia,    

JOSE  MANUEL ARIAS CARRIZOSA.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS FERNANDO ALARCON  MANTILLA.          

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