DECRETO 1228 DE 1987
(julio 2)
Por el cual se aumentan las asignaciones basicas de los empleados de la Registraduria Nacional del Estado Civil, que se vieron afectados por la eliminacion de rentas exentas.
Nota: Derogado por el Decreto 126 de 1988, artículo 13.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3° del artículo 90 de la Ley 75 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1° La asignación básica mensual correspondiente a los empleos de los niveles Directivo, Asesor y Ejecutivo de la Registraduría Nacional del Estado Civil que se determinan a continuación, será la siguiente:
… … … … … … … … … … …
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica las asignaciones básicas señaladas para los niveles Directivo y Asesor y los establecidos para los grados 05 a 09 del Nivel Ejecutivo de que trata el artículo 1º del Decreto extraordinario 177 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1º de marzo de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de julio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Gobierno,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.