DECRETO 1227 DE 1987
(julio 2)
Por el cual se aumentan las asignaciones basicas de los empleados publicos del Departamento Nacional de Planeacion que se vieron afectados por la eliminacion de rentas exentas.
Nota: Derogado por el Decreto 124 de 1988, artículo 4º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3° del artículo 90 de la Ley 75 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1° Las asignaciones básicas mensuales correspondientes a los funcionarios de la Planta de Personal del Departamento Nacional de Planeación, integrantes del Grupo de Estudios Especiales a que se refiere el artículo 68 del Decreto 3152 de 1986, serán las siguientes:
… … … … … … … … … … … …
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la escala de remuneración de los niveles Directivo, Asesor y Ejecutivo de que trata el artículo 1° del Decreto extraordinario 183 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de julio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
La Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
MARIA MERCEDES DE MARTINEZ.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.