DECRETO 1216 DE 1987
(julio 1º)
Por el cual se aumentan las asignaciones básicas de los empleados públicos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones que se vieron afectados por la eliminación de rentas exentas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3º del artículo 90 de la Ley 75 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1º La asignación básica mensual de las distintas clases de empleos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, clasificados en la escala de remuneración RDE-04, será la siguiente:
ESCALA DE REMUNERACION RDE-04
GRUPO
CATEGORIAS
S
T
U
V
X
Y
Z
1
103.103
111.869
121.177
131.015
141.170
152.148
163.225
2
110.884
119.774
129.539
139.623
149.960
161.483
173.518
3
118.582
128.260
138.373
148.632
160.675
171.528
184.567
4
126.545
136.654
146.827
158.598
169.530
182.470
195.537
Artículo 2º La asignación básica mensual de los empleos del Nivel Directivo de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, que se señalan a continuación, será la siguiente:
a) Para el Presidente, doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y nueve pesos ($ 245.699) moneda corriente.
b) Para los de Vicepresidente y Secretario General, doscientos treinta y cuatro mil doscientos once pesos($ 234.211) moneda corriente.
c) Para el de Asistente de la Presidencia, ciento noventa y ocho mil novecientos cuarenta pesos ($ 198.940) moneda corriente.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación, deroga el literal c) del artículo 1º y el artículo 2º del Decreto ley 192 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1º de marzo de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 1º de julio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS HERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Comunicaciones,
FERNANDO CEPEDA ULLOA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.