DECRETO 1215 DE 1987
(julio 1°)
por el cual se aumentan las asignaciones básicas de los empleados públicos de la Administración Postal Nacional que se vieron afectados por la eliminación de rentas exentas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3° del artículo 90 de la Ley 75 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1° La asignación básica mensual de los empleos de la Administración Postal Nacional que a continuación se señalan, será la siguiente:
Denominación
Asignación básica mensual
Director General
$ 237.563
Secretario General
224.277
Subdirector
224.277
Consejero de la Dirección General
174.743
Artículo 2° La asignación básica mensual de los empleos Director Regional, que se encuentran ubicados en la curva salarial II Escala Técnica Ejecutiva, a que se refiere el artículo 3° del Decreto extraordinario 198 de 1987, será la siguiente:
Denominación
Clase
Grado
Asignación básica mensual
Director Regional
I
11
$ 161.843
II
12
170.749
Artículo 3° La asignación básica mensual de los empleos Director Regional, que se encuentran ubicados en la escala de remuneración Técnica Ejecutiva, a que se refiere el artículo 4° del Decreto 198 de 1987, será la siguiente:
Denominación
Clase
Grado
Asignación básica mensual
Director Regional
I
11
$ 109.447
II
12
112.255
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los artículos 5° y 6° del Decreto 198 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 1° de julio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Comunicaciones,
Fernando Cepeda Ulloa.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquín Barreto Ruiz