DECRETO 121 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  121 DE 1986    

(enero  11)    

     

Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Apruébase el Acuerdo número 29 de  diciembre 12 de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo  siguiente:    

     

ACUERDO  NÚMERO 29 DE 1985    

(diciembre  12)    

El  Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

a)  Que con base en el Decreto número  2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el  Gobierno y la Federación celebraron, el 11 de diciembre de 1940, un contrato  sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención a los mercados  cafeteros para el cumplimiento del convenio interamericano sobre cuotas de  exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros  posteriores y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre  prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café,  celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con  la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se  previeron originalmente y a fin de dar aplicación a normas legales y a  disposiciones de los congresos cafeteros;    

b)  Que la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, con recursos del Fondo  Nacional del Café, es accionista de la sociedad denominada Compañía Forestal  del Cauca S.A., “Comforesca”, con domicilio en Popayán;    

c)  Que para que la sociedad pueda cumplir sus fines, es necesario aumentar su  capital;    

d)  Que esta capitalización es necesaria para que la sociedad pueda continuar  adelantando sus actividades, en especial la explotación económica de los  bosques que tiene plantados en tierras propias;    

e)  Que en el aumento de capital proyectado corresponde al Fondo Nacional del Café  un aporte por valor de veinte millones de pesos ($ 20.000.000.00);    

f)  Que en la presente sesión el señor Viceministro de Hacienda y Crédito Público  ha emitido su voto favorable en relación con la capitalización de que se trata,  y que en el presupuesto del Fondo Nacional del Café para el año de 1986 está  contemplada la partida correspondiente a esta inversión,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo  primero. Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para  suscribir acciones por valor de veinte millones de pesos ($ 20.000.000.00), en  la sociedad denominada Compañía Forestal del Cauca S.A. “Comforesca”.    

Estas  acciones se suscribirán con recursos del Fondo Nacional del Café y para éste.    

     

Artículo  segundo. Facultase al señor Gerente General de la Federación Nacional de  Cafeteros de Colombia para efectuar todos los actos jurídicos que sean  necesarios para obtener el cumplimiento de lo dispuesto en este acuerdo.    

     

Artículo  tercero. Sométase el presente acuerdo a la aprobación del señor Presidente de  la República por intermedio del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.    

Aprobado  en Bogotá, D. E., a los doce (12) días del mes de diciembre de mil novecientos  ochenta y cinco (1985).    

     

El  Presidente,    

 (Fdo.)  GUSTAVO RIOS OCHOA.    

     

El  Secretario,    

 (Fdo.)  JORGE ARANGO MEJIA    

     

Artículo  2° Este Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. E., a 11 de enero de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público.    

HUGO  PALACIOS MEJIA.          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *