DECRETO 1193 DE 1987
(junio 30)
por el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 1000 de fecha 2 de junio de 1987.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Aplázase la vigencia del Decreto número 1000 de fecha 2 de junio de 1987, hasta el 1° de septiembre de 1987.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de junio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
JULIO LONDOÑO PAREDES.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.