DECRETO 1192 DE 1989
(junio 7)
por el cual se modifica el Decreto 2715 de 1988.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120 ordinal 22 y 205 de la Constitución Política, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6ª de 1971 y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el artículo 1° del Decreto 2715 del 30 de diciembre de 1988 que en consecuencia quedará así:
“Crease la siguiente posición en el Arancel de Aduanas con la descripción y gravamen que a continuación se indican:
Posición
Descripción
Gravamen %
76.04.89.02
Lámina de aluminio revestida por una cara de polietileno y materias plásticas similares y soportada sobre cartón revestido o no, sin imprimir, para la fabricación de envases asépticos para bebidas alimenticias
5%”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 7 de junio de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.