Twittear Guardar
Twittear Imprimir
Twittear E-Mail
Twittear
DECRETO 1187 DE 1989
(junio 7)
por el cual ser modifica el Decreto 2483 de 1988.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Política en desarrollo de lo previsto en la Ley 6ª de 1971 y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el artículo 1° del Decreto 2483 del 30 de noviembre de 1988, suprimiendo la posición del Arancel de Aduanas 56.01.10.00 allí incluida.
Artículo 2° Fíjase un gravamen del 15% ad valorem a la posición 56.01.11.00 del Arancel de Aduanas.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 7 de junio de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.