DECRETO 1163 DE 1987
(junio 24)
por el cual se dictan normas sobre la ubicación de sede de los organismos públicos del orden nacional.
Nota: Derogado por el Decreto 1167 de 1996, a rtículo 5º.
El Presidente de la República de Colombia, como suprema autoridad administrativa y en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1° Los organismos públicos del orden nacional que actualmente tengan ubicada su sede en el área central de Bogotá, D. E. descrita en el artículo 2° de este Decreto, solamente podrán trasladarla dentro de dicha área o al Centro Administrativo Nacional de la ciudad, el cual se ampliará con parte del área de la “Ciudadela El Salitre”, conforme a las normas que, para el efecto, dicte el Departamento de Planeación Distrital.
Artículo 2° Para los efectos del presente Decreto, entiéndese por:
AREA CENTRAL DE BOGOTA, D. E. la comprendida entre la Avenida 1ª y la calle 45 y entre la Avenida Circunvalar y la carrera 30.
SEDE. La edificación en la cual tengan su Despacho los Ministros, Jefes de Departamento Administrativo, Superintendentes, Gerentes, Presidentes o Directores de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta y entidades públicas especiales, todos del orden nacional.
Artículo 3° Ninguno de los organismos públicos del orden nacional podrá solicitar la inclusión de partida dentro de su presupuesto para la adquisición o arrendamiento de nueva sede, en un lugar distinto a las áreas indicadas en el artículo 1° de este Decreto.
Artículo 4° La Superintendencia Bancaria no emitirá concepto favorable para que las entidades públicas sometidas a su inspección y vigilancia puedan trasladar sus sedes a lugares distintos de los descritos en el artículo 1° de este Decreto.
Artículo 5° Este Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de junio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Desarrollo Económico,
FUAD CHAR ABDALA.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
LUIS FERNANDO JARAMILLO CORREA.
La Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
MARIA MERCEDES CUELLAR DE MARTINEZ.