DECRETO 114 DE 1985

Decretos 1985

   

DECRETO  114 DE 1985    

(enero 14)    

     

por  el cual se fijan unas remuneraciones en el Instituto de Crédito Territorial.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 69 de 1986,  artículo 5º.    

     

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le  confiere la Ley 01 de 1985,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° La  remuneración mensual de los empleos de Subdirector General y de Secretario  General del Instituto de Crédito Territorial grado 05 del nivel Directivo será  de ciento veintidós mil novecientos noventa y siete pesos ($ 122.997.00).    

     

El cincuenta por  ciento (50%) de esta remuneración mensual tendrá el carácter de gastos de representación.    

     

Artículo 2° La  remuneración mensual del empleo de Asesor grado 03 del Nivel Asesor, de la  Gerencia General del Instituto de Crédito Territorial será de ciento catorce  mil ciento diez y seis pesos ($ 114.116).    

     

El cincuenta por  ciento (50%) de esta remuneración mensual tendrá el carácter de gastos de  representación.    

     

Artículo 3° Los  gastos de representación para los Jefes de Oficina Código 2045 grado 14 y Jefes  de División Código 2040 grado 14 del Nivel Central del Instituto de Crédito  Territorial-‑ICT‑-serán de veinte mil cuatrocientos noventa pesos  ($ 20.490) mensuales.    

     

Artículo 4° Los  gastos de representación para los Directores Regionales de Antioquia,  Atlántico, Cundinamarca, Santander y Valle del Cauca del Instituto de Crédito  Territorial, será de veinticuatro mil doscientos noventa pesos ($ 24.290)  mensuales.    

     

Para los Directores  Regionales del Instituto no contemplados en el inciso anterior los gastos de  representación, serán de veinte mil cuatrocientos noventa pesos ($ 20.490)  mensuales.    

     

Artículo 5° El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las  disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto‑ley  163 de 1984, y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero  de 1985.    

     

     

Cumuníquese y  cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E.,  a 14 de enero de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

ROBERTO JUNGUITO  BONNET.    

     

El Ministro de  Desarrollo Económico,    

IVAN DUQUE ESCOBAR.    

     

La Jefe del  Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

ERICINA MENDOZA  SALADEN.          

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