DECRETO 1128 DE 1985
(abril 24)
Por el cual se prorroga el periodo de las sesiones extraordinarias del Congreso Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 2º del artículo 118, en concordancia con el 68 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Prorrogase hasta el 17 de mayo inclusive, del presente año, el periodo de sesiones extraordinarias del Congreso Nacional para el que fue convocado por el Decreto número 625 de 1985.
Artículo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E.. a 24 de abril de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno
Jaime Castro.