DECRETO 112 DE 1985
(enero 14)
por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Publica, ESAP.
Nota: Derogado por el Decreto 87 de 1986, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° El valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública,-‑ESAP‑‑, será de cuatrocientos noventa y un pesos ($ 491).
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1985 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto‑ley 185 de 1984.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de enero de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ROBERTO JUNGUITO BONNET.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
ERICINA MENDOZA SALADEN.