DECRETO 1097 DE 1989
por el cual se fijan requisitos mínimos para el ejercicio de cargos de empleados de la Rama Jurisdiccional.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 1152 de 1989.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere la Ley 30 de 1987, y oída la Comisión Asesora por ella establecida,
DECRETA:
Artículo 1° Modificado en lo pertinente por el Decreto 1152 de 1989. Fíjanse los siguientes requisitos mínimos para el ejercicio de cargos de empleados de la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Secretario General de la Corte Suprema de Justicia o Consejo de Estado.
Grado: 22.
Requisitos: Poseer título de abogado y seis años de experiencia en la Rama Jurisdiccional como funcionario o haber ejercido la profesión con buen crédito por ese mismo tiempo.
Nombre del cargo: Secretario y Relator Tribunal Disciplinario.
Grado: 22.
Requisitos: Poseer título de abogado y tres años de experiencia en la Rama.
Nombre del cargo: Abogado Auxiliar de Juzgado de Orden Público.
Grado: 19.
Requisitos: Poseer título de Abogado y tener dos (2) años de experiencia en la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Secretario de Juzgado de Orden Público.
Grado: 13.
Requisitos: Tener cuatro (4) años de estudios de derecho y dos (2) años de experiencia en la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Auxiliar de Magistrado de Tribunal Administrativo.
Grado: 11.
Requisitos: Haber terminado tres (3) años de estudios de derecho y tener dos (2) años de experiencia en la Rama Jurisdiccional. O dos (2) años de estudios superiores y tres (3) años de experiencia en la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Auxiliar Judicial de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado.
Grado: 10.
Requisitos: Haber aprobado un año de estudios de derecho y tener dos (2) años de experiencia en la Rama o diploma en educación media y tres (3) años de experiencia en la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Auxiliar Judicial Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado, Escribiente Tribunal Disciplinario y Oficial Mayor del Tribunal Superior de Orden Público.
Grado: 09.
Requisitos: Haber aprobado un año de estudios de derecho y tener dos (2) de experiencia en la Rama o dos (2) años de estudios superiores y un año de experiencia en la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Secretario de Juzgado en Sede no Cabecera de Distrito o Circuito.
Grado: 09.
Requisitos: Tener diploma en educación media y dos (2) años de experiencia en la Rama.
Nombre del cargo: Auxiliar Judicial de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado.
Grado: 08.
Requisitos: Diploma en educación media y tener un año de experiencia en la Rama Jurisdiccional.
Nombre del cargo: Citador.
Grado: 04.
Requisitos: Haber aprobado tres (3) años de estudio en educación media.
Artículo 2° A quienes no reúnan los requisitos señalados en este acuerdo, les serán aplicables las equivalencias establecidas en el parágrafo del artículo 41 del Decreto 052 de 1987.
Parágrafo: En ningún caso podrá suplirse el título profesional por equivalencia alguna.
Artículo 3° Inclúyase en el respectivo escalafón de Carrera de la Rama Jurisdiccional para los empleados, según el grado, los anteriores cargos no contemplados en el mismo, así como el de Escribiente de Juzgado de Instrucción Criminal, Grado Siete (7), Oficial Mayor de Juzgado Municipal Grado Siete (7) y Auxiliar de Servicios Generales y Citador Grado Tres (3).
Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de mayo de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Justicia,
GUILLERMO PLAZAS ALCID.