DECRETO 1068 DE 1988
(junio 1°)
Por medio del cual el gobierno nacional exalta la celebración del Cuarto Congreso Mundial Brahman en la Ciudad de Cartagena.
El Ministro de Gobierno de la República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales en desarrollo del Decreto número 1000 de 1988, y en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que se celebrará en la ciudad de Cartagena el Cuarto Congreso Mundial de Brahman y la exposición Nacional de Ganado Cebú del 2 al 6 de junio del presente año, merced a las gestiones adelantadas por la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Cebú, “Asocebú”;
Que con la realización de dicho evento se honra y reconoce el esfuerzo hecho por los ganaderos de Colombia para lograr que la raza cebú se constituya en elemento fundamental en el mejoramiento genético bovino del país;
Que el Gobierno Nacional observa con satisfacción y apoya incondicionalmente la celebración de un evento que como éstos enaltece a los Ganaderos colombianos y especialmente a la Asociación Colombiana de criadores de Ganado Cebú, “Asocebú”;
Que es deber del Gobierno propender por el estímulo y quienes participan en el fomento del desarrollo agrícola y pecuario nacional y mundial,
DECRETA:
Artículo 1° Distíngase el Cuarto Congreso Mundial Brahman y la Exposición Nacional de Ganado Cebú a celebrarse en la ciudad de Cartagena de Indias del 2 al 6 de junio de 1988, con el carácter de evento de interés público nacional.
Artículo 2º Exaltar la labor cumplida por la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Cebú, “Asocebú”, en beneficio de la Ganadería Nacional.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 1º de junio de 1988.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Agricultura,
LUIS GUILLERMO PARRA DUSSAN.