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DECRETO 1051 DE 1984
(Mayo 3)
Por el cual se reglamenta el numeral 5º del articulo 324 del Decreto Ley 250 de 1958.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3º del articulo 120 de la Constitución Nacional.
DECRETA:
Articulo 1º.-Para los efectos del numeral 5º del articulo 324 del Decreto ley 250 de 1958 (Código de Justicia Penal Militar), se entiende que hay vacante en el cargo de Juez de Instrucción Penal Militar, cuando transcurrido un año de encontrarse el Despacho sin titular, el Gobierno no haya producido el respectivo nombramiento.
Articulo 2º.-El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 3 de mayo de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministrote Defensa Nacional, encargado
Mayor General Miguel Vega Uribe.