DECRETO 2879 DE 1981

Decretos 1981

   

DECRETO 2879  DE 1981

(octubre 19)    

     

por el  cual se crea el Concurso Literario para estudiantes de enseñanza secundaria en  conmemoración del bicentenario de nacimiento de don Andrés Bello.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el 29 de noviembre de 1981, se celebra el bicentenario  del natalicio de don Andrés Bello, Escritor, Filólogo, Poeta, Educador, Jurista  y Maestro de América;    

     

Que una forma de honrar la memoria de tan insigne  humanista es realizando eventos culturales tendientes a dar a conocer a las  nuevas generaciones la obra, de Bello, y    

     

Que es deber del Estado colombiano estimular en los  estudiantes la investigación y el conocimiento de los valores americanistas,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Créase por única vez el Concurso  Literario para estudiantes de enseñanza secundaria qua cursen durante el año  lectivo de 1982, el 4°, 5° o 6° año de educación media en los establecimientos  educativos públicos y privados del Territorio Nacional.    

     

Artículo segundo. El Concurso citado en el artículo  anterior quedará abierto a partir del 29 de noviembre de 1981, fecha de la  celebración de la efemérides y se cerrará el 30 de abril de 1982.    

     

Artículo tercero. Los estudiantes que desean concursar  deberán elaborar a una composición literaria en prosa inspirada en el texto  “Silva de la Agricultura de la Zona Tórrida” de don Andrés Bello,  cumpliendo los requisitos estipulados en la convocatoria del presente concurso.    

     

Artículo cuarto. Para las obras finalistas a escala  nacional, el Ministerio de Educación Nacional, ha destinado los siguientes  estímulos:    

     

— Primer lugar la suma de $ 10.000.00.    

     

— Segundo lugar la suma de $ 7.000.00.    

     

— Tercer lugar la suma de $ 5.000.00.    

     

— Cuarto lugar una colección completa de libros.    

     

Artículo quinto. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a octubre 19 de 1981.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Educación Nacional,    

Carlos  Albán Holguín          

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