DECRETO 2840 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 2840  DE 1983

(octubre 4)    

     

por el cual se reforma el artículo 23 del   Decreto 1927 de 1975.    

     

EI Ministro de Relaciones Exteriores de la  República de Colombia, delegatario de las funciones presidenciales, en  ejercicio de las funciones conferidas por el   Decreto 2781 de 1983,  y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el articulo 23 del   Decreto 1927 de 1975,  fija como plazo a las Intendencias y Comisarías para presentar el proyecto de  presupuesto al respectivo Consejo, los cinco (5) primeros días de sesiones  ordinarias, las cuales comienzan el primero (1°) de octubre de cada año según  lo dispone el articulo 18 del   Decreto 1817 de 1976;    

     

Que en la actual vigencia fiscal los planes y  proyectos de obras públicas y desarrollo regional con participación del impuesto  a las ventas, que deben incorporarse en los respectivos proyectos de  presupuesto, conforme al articulo 1° del   Decreto 2660 de 1983,  no han surtido todo el tramite exigido por el citado decreto;    

     

Que es necesario ampliar el plazo señalado en el artículo  23 del   Decreto 1927 de 1975,  con el objeto de incorporar en los respectivos proyectos de presupuesto los  proyectos a que se refiere el artículo anterior,    

     

DECRETA:    

     

Articulo 1° Reformase el artículo veintitrés (23)  del   Decreto número  1927 de 1975, en el sentido de que para la vigencia fiscal en curso los  Intendentes y Comisarios pueden someter los proyectos de acuerdo de presupuesto  a consideración de los respectivos Consejos dentro de los primeros quince (15)  días de sus sesiones ordinarias.    

     

Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado hoy, 4 de octubre de 1983.    

     

El Jefe del Departamento Administrativo de  Intendencias y Comisarías,    

Hector  Moreno Reyes.          

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