DECRETO 2258 DE 1983
(agosto 4)
por el cual se dictan unas normas que facilitan la reconstrucción de establecimientos educativos afectados por el sismo ocurrido el 31 de marzo de 1983 en el Departamento del Cauca.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que con motivo del sismo ocurrido el 31 de marzo de 1983 en el Departamento del Cauca, se vieron afectados la mayoría de los planteles educativos oficiales en esa zona;
Que el Instituto Colombiano de Construcciones Escolares, ICCE, adelanta las obras de construcción y reconstrucción de los planteles educativos oficiales afectados por dicho sismo;
Que mediante Decreto número 2028 de julio de 1983, se apropia la suma de doscientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000.00) para construcción y mantenimiento de edificios educativos en el Departamento del Cauca;
Que el artículo 17 de la Ley 11 de 1983, faculta al Presidente de la República para ejecutar todas las operaciones presupuestales indispensables para el logro de esa ley y de lo ordenado en los decretos que para su efectividad se dicten,
DECRETA:
Artículo primero. Autorízase al ICCE para que dé la suma de doscientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000.00) aprobada por Decreto número 2028 de 1983, para la recuperación de la infraestructura educativa en el Departamento del Cauca afectada por el sismo del día 31 de marzo del año en curso, destine hasta un cinco por ciento (5%) para atender los gastos administrativos adicionales que demanden las obras, que se ejecuten por administración directa del Instituto.
Parágrafo. Se entiende por gastos administrativos adicionales los sueldos de personal supernumerario, viáticos, gastos de viaje, servicio público y de comunicaciones, materiales y suministro, arrendamiento, mantenimiento, impresos y publicaciones y compra de equipos.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de agosto de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Educación Nacional,
Rodrigo Escobar Navia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.),
Florángela Gómez de Arango