DECRETO 2090 DE 1983
(Julio 22)
por el cual se modifica la planta de personal del Fondo Rotatorio del Ejercito.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 020 del 6 de octubre de 1982, emanado de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ejercito, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 020 DE 1982
(octubre 6)
por el cual se modifica la planta de personal del Fondo Rotatorio del Ejercito.
La Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ejercito, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo primero. Suprimánse los siguientes cargos en la planta de personal del Fondo Rotatorio del Ejercito.
Dependencia y de denominación del empleo
Nº. de Cargos
Código
Grado
SUB-DIRECCION GENERAL
DIVISION FINANCIERA
Sección de Contabilidad
Mecanógrafo
Uno (1)
5180
04
SECCIONAL MELGAR
Profesional universitario
Uno (1)
3020
03
Operario
Uno (1)
6030
01
Auxiliar de servicios generales
Uno (1)
6035
01
SECCIONAL VILLAVICENCIO
Ayudante de oficina
Tres (3)
5155
01
Cajero auxiliar
Uno (1)
5195
03
Almacenista
Uno (1)
5080
09
Operario
Uno (1)
6030
01
SECCIONAL BUCARAMANGA
Mecanógrafo
Uno (1)
5180
04
Ayudante de oficina
Dos (2)
5155
03
Ayudante de oficina
Dos (2)
5155
01
Artículo segundo. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Fondo Rotatorio del Ejercito
Dependencia y de denominación del empleo
Nº. de Cargos
Código
Grado
DIRECCION GENERAL
Secretario Privado
Uno (1)
3035
06
SUB-DIRECCION GENERAL
DIVISION ADMINISTRATIVA
Sección de Servicios Generales
Celador
Uno (1)
6020
03
DIVISION OPERATIVA
Sección de Compras
Almacenista
Uno (1)
5080
13
DIVISION FINANCIERA
Sección de Contabilidad
Auxiliar de servicios generales
Uno (1)
6035
01
SECCIONAL MELGAR
Profesional universitario
Uno (1)
3020
04
SECCIONAL VILLAVICENCIO
Chofer mecánico
Uno (1)
6010
03
SECCIONAL BARRANQUILLA
Director Seccional
Uno (1)
2095
05
Auxiliar Administrativo
Uno (1)
5120
09
Almacenista
Dos (2)
5080
09
Ayudante de oficina
Dos (2)
5155
05
Mecanógrafo
Dos (2)
5180
04
Cajero auxiliar
Uno (1)
5195
03
Chofer mecánico
Dos (2)
6010
03
Auxiliar de servicios generales
Uno 1)
6035
01
SECCIONAL CALI
Director Seccional
Uno (1)
2095
05
Auxiliar Administrativo
Uno (1)
5120
09
Almacenista
Dos (2)
5080
09
Ayudante de oficina
Dos (2)
5155
05
Mecanógrafo
Dos (2)
5180
04
Cajero auxiliar.
Uno (1)
5195
03
Chofer mecánico
Dos (2)
6010
03
Auxiliar de servicios generales
Uno (1)
6035
01
SECCIONAL MEDELLIN
Director Seccional
Uno (1)
2095
05
Auxiliar Administrativo
Uno (1)
5120
09
Almacenista
Dos (2)
5080
09
Ayudante de oficina
Dos (2)
5155
05
Mecanógrafo
Dos (2)
5180
04
Cajero auxiliar
Uno (1)
5195
03
Chofer mecánico
Dos (2)
6010
03
Auxiliar de servicios generales
Uno (1)
6035
01
Artículo tercero. El presente Acuerdo deroga el Acuerdo número 016 de 1982 (agosto 6) y para su validez, requiere de la aprobación por parte del Gobierno Nacional, mediante la expedición del Decreto respectivo.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los 6 días del mes de octubre de 1982.
(Fdo.) Mayor General Bernardo Lema Henao, Presidente Junta Directiva.
(Fdo.) Teniente William F. Bello Sanabria, Secretario.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de julio de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro,
El Ministro de Defensa Nacional,
General Fernando Landazabal Reyes,
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladén.