DECRETO 1664 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 1664  DE 1983

(junio 15)    

     

por el  cual se prorroga el período de sesiones extraordinarias del Congreso Nacional,    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las  atribuciones que le confiere el numeral 2° del artículo   118, en concordancia con el   68 de la Constitución Política, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el Congreso Nacional se halla reunido, en virtud de  convocatoria hecha por el Gobierno Nacional a Sesiones Extraordinarias, de  acuerdo con el   Decreto 1150 de 1983;    

     

Que según la misma disposición, las Sesiones  Extraordinarias se extenderán hasta el 16 de junio de 1983;    

     

Que no obstante la diligencia y prontitud con que el  Congreso Nacional ha venido evacuando el trámite constitucional de los negocios  sometidos a su consideración por el Gobierno, la índole y complejidad de los  mismos hace prever que el término de las Sesiones Extraordinarias no será  suficiente para la culminación total del trabajo legislativo,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Prorrógase hasta el 23 de junio de 1983,  inclusive, el periodo de Sesiones Extraordinarias del Congreso Nacional, para  las cuales fue convocado mediante   Decreto 1150 de 1983,  con el fin de que continúe ocupándose del temario propuesto en el citado decreto.    

     

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de junio de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Gobierno,    

Rodrigo  Escobar Navia.          

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