DECRETO 2576 DE 2005
(julio 27)
por el cual se
corrige un yerro en el título del Acto
Legislativo número 01 de 2005, "por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución
Política".
El Presidente de
la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales y en especial de las que le confieren el artículo 189, numeral 10 de la Constitución
Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo
45 de la Ley 4ª de 1913, Código
de Régimen Político y Municipal, señala: "Los yerros caligráficos o
tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán,
y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede
duda en cuanto a la voluntad del legislador";
Que la Corte
Constitucional en Sentencia C-520 de 1998,
admitió la posibilidad del Presidente de la República de corregir errores
caligráficos o tipográficos de las leyes, cuando estos no alteren su contenido;
Que por un error
mecanográfico en el título del Acto
Legislativo 01 de 2005, se incluyeron las palabras "proyecto de"
y "(segunda vuelta)", debiendo corresponder al de "Acto
Legislativo 01 de 2005, "por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución
Política"" exclusivamente, por lo cual se hace necesario efectuar su
corrección,
DECRETA:
Artículo 1º. Corríjase el título del Acto
Legislativo 01 de 2005, el cual quedará así:
"ACTO
LEGISLATIVO 01 DE 2005
"por el cual
se adiciona el artículo 48 de la Constitución
Política".
Artículo 2°. Publíquese en el Diario
Oficial el Acto Legislativo 01 del 2005 con la corrección que se
establece en el presente decreto.
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de
su publicación.
Publíquese y
cúmplase.
Dado en Bogotá,
D. C., a 27 de julio de 2005.
ÁLVARO URIBE
VÉLEZ
La Viceministra General del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del Despacho del
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
María Cristina
Gloria Inés Cortés Arango.
El Ministro de la
Protección Social,
Diego Palacio
Betancourt.