Acto legislativo 01 de 2019

(julio 11)

 

Por el cual se otorga la Categoría de Distrito Especial Portuario,

Biodiverso, Industrial y Turístico al municipio de Barrancabermeja en

el departamento de Santander.

 

El Congreso de Colombia

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Adiciónese el siguiente inciso al artículo 356 de la Constitución Política:

 

La ciudad de Barrancabermeja se organiza como Distrito Especial Portuario, Biodiverso, Industrial y Turístico. Su régimen político, fiscal y administrativo será el que determine la Constitución y las leyes especiales que para el efecto se dicten, y en lo no dispuesto en ellas las normas vigentes para los municipios.

 

Artículo 2. Adiciónese un inciso al artículo 328 de la Constitución Política, el cual quedará así:

 

La ciudad de Barrancabermeja se organiza como Distrito Especial Portuario, Biodiverso, Industrial y Turístico.

 

Artículo 3. Este acto legislativo rige a partir de su promulgación.

 

El Presidente del honorable Senado de la República,

Ernesto Macías Tovar.

 

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Gregorio Eljach Pacheco.

 

El Presidente (e) de la honorable Cámara de Representantes,

Atilano Alonso Giraldo Arboleda.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Jorge Humberto Mantilla Serrano.