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LEY ESTATUTARIA 1729 DE 2014
(julio 29 de 2014)
por la cual se deroga la
Ley 1157 de 2007 con relación a la elección directa de Parlamentarios
Andinos y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de la República
DECRETA:
Artículo 1°. Deróguese la
Ley Estatutaria 1157 de 2007,
“por la cual se desarrolla el artículo 227 de la
Constitución Política de Colombia con relación a la elección directa de
Parlamentarios Andinos”.
Artículo 2°. Mientras se establece un régimen electoral
uniforme en el marco de la Comunidad Andina y con el fin de garantizar en todo
momento la participación de la República de Colombia, en cumplimiento de los
compromisos internacionales que vinculen al Estado, conforme lo previsto en el
Acuerdo de Cartagena y en el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino, los
Representantes de la República de Colombia ante el Parlamento Andino, serán
designados por el Congreso de la República así:
a) Dos (2) representantes elegidos por el Senado de la República.
b) Tres (3) representantes elegidos por la Cámara de Representantes, de los
cuales uno, corresponderá a uno de los partidos que se declaren en oposición al
Gobierno de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la
Constitución Política de Colombia.
Parágrafo. La designación se realizará por medio de votación secreta por cada una de las Cámaras.
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Juan Fernando Cristo Bustos.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Hernán Penagos Giraldo.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jorge Humberto Mantilla Serrano.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia C-256 de fecha 23 de abril de
dos mil catorce (2014) – Radicación: PE-043, proferida por la honorable Corte
Constitucional, se procede a la sanción del proyecto de ley, la cual ordena la
remisión del expediente al Congreso de la República, para continuar el trámite
de rigor y posterior envío al Presidente de la República.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Aurelio Iragorri Valencia.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.