![]() |
![]() |
Twittear |
LEY 1649 DE 2013
(julio 12 DE 2013)
por medio de la cual la Nación se Asocia
a la Celebración de los 150 años de la Fundación del municipio de Pradera en el
departamento del Valle del Cauca y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. La Nación se vincula a la conmemoración de los ciento
cincuenta (150) años de la fundación del municipio de Pradera en el departamento
del Valle del Cauca, el 15 de octubre de 1862.
Artículo 2°. Autorícese al Gobierno Nacional, de conformidad con los
artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, y las competencias
establecidas en la Ley 715 de 2001 y 1176 de 2007, se asigne dentro del
Presupuesto General de la Nación, y/o impulse a través del Sistema Nacional de
Cofinanciación las partidas presupuestales necesarias que permitan la
financiación y ejecución de las obras de infraestructura de utilidad pública y
de interés social que requiere el municipio de Pradera. Las obras y actividades
que se autorizan en la presente ley son:
1. Pavimentación vías urbanas y ampliación calle 7 del municipio.
2. Construcción bloque de aulas y bloque de laboratorios de química y
física de Institución Educativa Francisco Antonio Zea.
3. Remodelación y adecuación centro de acopio y galería municipal.
4. Construcción Parque Recreativo El Arado.
5. Remodelación del Estadio Municipal Salustio Reyes Caicedo.
6. Construcción de la sede Jardín Social del municipio de Pradera.
Artículo 3°. A fin de dar cumplimiento a lo consagrado en la presente
ley, se autoriza igualmente la celebración de contratos necesarios, el Sistema
de Cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la
Nación, el departamento del Valle del Cauca y/o municipio de Pradera.
Artículo 4°. Vigencia. La presente ley rige a partir de su sanción
y publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Roy Leonardo Barreras Montealegre.
El Secretario General del honorable Senado de la Republica,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Augusto Posada Sánchez.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jorge Humberto Mantilla Serrano.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 12 de julio de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Fernando Carrillo Flórez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Educación,
María Fernanda Campo Saavedra.