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LEY 1603 DE 2012
(diciembre 21)
Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 170 años de
la fundación del municipio de Caramanta, en el departamento de Antioquia, y se
dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. La Nación
colombiana se asocia a la celebración de los ciento setenta (170) años de la
fundación del municipio de Caramanta, en el departamento de Antioquia, a
cumplirse el día 8 de febrero de 2012. Así mismo, rinde homenaje a sus primeros
pobladores y exalta la memoria de sus fundadores don Gabriel Echeverri y don
Juan Santamaría, entre otros.
Artículo 2º. Autorícese al Gobierno Nacional para que en
cumplimiento y de conformidad con los artículos
288,
334,
341
y
345
de la
Constitución Política y de las competencias establecidas en la
Ley 715 de 2001, asigne en el Presupuesto General de la Nación, y/o
promueva a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las partidas
presupuestales necesarias a fin de adelantar las siguientes obras de interés
público y social, que beneficiarán a la comunidad del municipio de Caramanta, en
el departamento de Antioquia:
1. Adquisición de retroexcavadora para el mantenimiento de las vías del
municipio de Caramanta.
2. Adecuaciones a la Casa de Gobierno local y equipamiento para su
funcionamiento.
3. Adquisición de instrumentos musicales de viento,
cuerda y percusión.
4. Dotación deportiva y cultural para fortalecer las costumbres caramanteñas.
Artículo 3º. Las autorizaciones de gastos otorgadas al
Gobierno Nacional en virtud de esta ley se incorporarán en los Presupuestos
Generales de la Nación, de acuerdo con las normas orgánicas en materia
presupuestal, en primer lugar, reasignado los recursos hoy existentes en cada
órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto, y en segundo
lugar, de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia
fiscal.
Artículo 4º. La presente ley rige a partir de la fecha de
su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Roy Barreras Montealegre.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Augusto Posada Sánchez.
La Secretaria General (e) de la honorable Cámara de Representantes,
Flor Marina Daza Ramírez.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Fernando Carrillo Flórez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.