LEY 48 DE 1985
(MAYO31)
Por la cual se decretan unas operaciones en presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de 1985.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital en la cantidad de ocho mil trescientos trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil novecientos setenta pesos ($8.313.442.970) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad número 1 de febrero de 1985 por valor de $34.000.000.000 del cual se utiliza el valor de $3.913.442.970 y el número 1.1 de marzo de 1985 por valor de $ 4.400.000.000 expedidos por el Contralor General de la República, se incorporan así:
Debido a lo extenso de esta ley se omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial N0- 37010 del 13 de junio de
1985.ARTICULO 69.- La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de ... de mil novecientos ochenta y cinco
(1985).El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia - Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 31 de mayo de 1985
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.