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LEY 35 DE 1984
(NOVIEMBRE 19)
Por medio de la cual se destinan unas partidas del presupuesto nacional a unas
obras de interés público en el Departamento del Tolima.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Destinase en el Presupuesto Nacional las siguientes partidas para
obras de interés público en el Departamento del Tolima.
Instituto Nacional de Fomento Municipal (Insfopal).
Para la Empresa de Obras Sanitarias de Ibagué (Empoibagué), con destino al Plan
Maestro de Alcantarillado de la ciudad de Ibagué
Empresa de Obras Sanitarias del Tolima (Empolima), con destino a construcción
del acueducto por gravedad del Municipio de Venadillo
Con destino ampliación acueducto Municipio de Melgar
Con destino ampliación acueducto Municipio de Flandes
Con destino ampliación acueducto Municipio de Alvarado
Total
$ 150.000.000
40.000.000
40.000.000
40.000.000
30.000.000
$300.000.000
ARTICULO 2º.-El Gobierno queda facultado para realizar los créditos y
contracréditos que sean necesarios a fin de incorporar estas partidas en el
presupuesto nacional.
ARTICULO 3º.-La presente ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a lo ... del mes de ... de mil novecientos ochenta y
cuatro (1984).
El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el
Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de
Armas, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA
GOMEZ, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio
Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 19 de noviembre de 1984.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet,
el Ministro de Salud Pública,
Amaury García
Burgos.