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LEY 32 DE 1984

 

LEY 32 DE 1984
(NOVIEMBRE 6)


Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la Nación en la vigencia fiscal de 1984 por valor de $8.862.272.143.86; se efectúan unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia (Departamentos Administrativos de la Presidencia, Aeronáutica Civil, Intendencias y Comisarías, Ministerios de Justicia, Hacienda y Crédito Público, Defensa, Trabajo y Seguridad Social, Salud Publica, Desarrollo Económico, Minas y Energía, Educación Nacional u Obras Públicas y Transporte y Rama Jurisdiccional) por valor de $1.963.083.571.98; se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984 (Congreso Nacional y Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público y Desarrollo Económico y Policía), por valor de $151.814.942.00.
El Congreso de Colombia


DECRETA:


ARTICULO 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital en la cantidad de ocho mil ochocientos sesenta y dos millones doscientos sesenta y dos mil ciento cuarenta y tres pesos con 86/100 ($8.862.272. 143.86) moneda corriente, que con base en los certificados de
NOTA: Debido a lo extenso de la Ley no se publica el texto completo, el cual se encuentra en el Diario Oficial N° 36795 de noviembre 22 de 1984.

ARTICULO 7º.-La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 6 de noviembre de 1984.

Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.