![]() |
![]() |
Twittear |
LEY 18 DE 1984
(SEPTIEMBRE 7)
Por la cual la Nación se asocia a la celebración del bicentenario de la ciudad
de
Gigante en el Departamento del Huila y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-La Nación se asocia a la celebración del bicentenario de la ciudad
de Gigante en el Departamento del Huila, y se rinde tributo de admiración a la
memoria de sus fundadores, exalta las virtudes cívicas y el espíritu progresista
de sus habitantes.
ARTICULO 2º.-De conformidad con los numerales 17 y 20 del articulo 76 de la
Constitución Política de Colombia, autorizase al Gobierno Nacional para
planificar, desarrollar y ejecutar las siguientes obras de beneficio público y
de interés social en la ciudad de Gigante así:
a) Construcción y dotación de la Casa de la Cultura Ricardo Borrero Alvarez;
b) Terminación y pavimentación de las calles de Gigante;
c) Arreglo de los parques: Monseñor Ismael Perdorno y plaza principal compra de
las fuentes luminosas;
d) Terminación Avenida salida Cachaya;
e) Construcción y dotación de la Biblioteca Popular "Abel Diaz Manrique";
f) Construcción parque para el barrio Sosimo Suárez;
g) Remodelación de la galería y modernización;
h) Construcción y dotación de la Casa del Anciano;
i) Remodelación y modernización del Matadero Municipal;
j) Reparación y ampliación del alcantarillado;
k) Mejoramiento del acueducto;
1) Dotación Centro de Universidad Abierta a Distancia;
m) Construcción de polideportivos en los centros educativos de: Sosimo Suárez,
Potrerillos, Silvania, Rioloro, La Gran Vía, El Mesón, Tres Esquinas, La Vega,
Vueltas Arriba, El Recreo, El Garucho.
n) Construcción y dotación Colegio Municipal Jorge Eliécer Gaitán;
ñ) Construcción y dotación Gimnasio "Andrés Bello".
ARTICULO 3º.-Autorizase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones
presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos
necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
ARTICULO 4º.-Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción. Dada en Bogotá,
D. E., a los... días del mes de ... de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el
Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA GOMEZ, el
Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de
Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio
Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 7 de septiembre de 1984
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet, la Ministra
de Educación Nacional, Doris Eder de Zambrano, el Ministro de Salud, Amaury
García Burgos, el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Hernán Beltz Peralta.