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LEY 33 DE 1982
(NOVIEMBRE 3)
Por la cual la Nación honra la memoria del señor Gilberto García, fundador y
primer Comandante del benemérito Cuerpo de Bomberos de Palmira, Valle, al
cumplirse los cincuenta años de su creación y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-El Congreso de la República de Colombia honra la memoria del
ilustre ciudadano Gilberto García, fundador y primer Comandante del benemérito
Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Palmira, Valle, al cumplirse cincuenta años de
la fundación de dicha institución los cuales han estado dedicados al servicio
ininterrumpidos de la comunidad en la prevención y adecuada atención de diversas
calamidades publicas.
ARTICULO 2º.-Autorizase al Gobierno Nacional para que en homenaje y
reconocimiento a tan ilustre ciudadano, se asocie a la celebración del
cincuentenario de la fundación del benemérito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de
la ciudad de Palmira, Valle, que tendrá lugar el día 3 de diciembre de 1981, y
destacar así su meritoria obra.
Parágrafo. En desarrollo a lo dispuesto en el ordinal 20 del articulo 76 de la
Constitución Nacional y de la Ley 25 de 1977, el Gobierno Nacional hará los
aportes necesarios para la adquisición de una maquina extintora de incendios con
destino al benemérito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Palmira, Valle.
ARTICULO 3º.-Una placa conmemorativa se colocara en el salón de actos de la
referida entidad con la siguiente leyenda: El Congreso de Colombia al señor
Gilberto García, fundador y primer Comandante del benemérito Cuerpo de Bomberos
Voluntarios de Palmira, Valle, al cumplirse cincuenta anos de su fundación
ARTICULO 4º.-Autorizase al Gobierno Nacional para hacer los créditos y
contracreditos necesarios para el cabal y oportuno cumplimiento de la presente
Ley.
ARTICULO 5º.-Copia de esta Ley, en nota de estilo, será entregada a las
directivas de la entidad mencionada en acto especial.
ARTICULO 6º.-Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogota, D. F., a 3 de noviembre de mil novecientos ochenta y dos (1982).
BELISARIO BETANCUR
El Presidente del honorable Senado de la República, Bernardo Guerra Serna, el
Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Hernando Gómez Otálora, el
Secretario General del honorable Senado de la Republica, Crispín Villazón de
Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representante,. Julio
Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia Gobierno Nacional.
Bogota, D. E., 3 de noviembre de 982.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez
Castro.