![]() |
![]() |
Twittear |
LEY 57 DE 1979
(DICIEMBRE 15)
Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se
abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia
fiscal de 1979 y se efectúa un traslado presupuestal.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la
vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de dos mil ochocientos dos millones
cuatrocientos sesenta mil trescientos noventa y tres pesos con treinta centavos
($2.802.460.393.30), que con base en los certificados de Disponibilidad números
17, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de 1979 expedidos por el Contralor General
de la República, se incorporarán así:
Debido a lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el
texto completo se encuentra publicado con el Diario Oficial No. 35442 de 24
enero de 1980. Pag. 256.
ARTICULO 4º.-La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a ... de ... de mil novecientos setenta y nueve (1979).
El Presidente del honorable Senado de la República, HECTOR ECHEVERRI CORREA, el
Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ADALBERTO OVALLE MUÑOZ, el
Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el
Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera
Lizcano.
República de Colombia- Gobierno Nacional
Bogotá, D.E. 15 de diciembre de 1979.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García
Parra.