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LEY 53 DE 1979

 

LEY 53 DE 1979
(DICIEMBRE 15)

Por la cual se hacen unos contracréditos en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Trabajo y Seguridad Social), por $3.674.000.00.

El Congreso de Colombia

DECRETA:



ARTICULO 1º.-Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979, con base en los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 90 y 91 de 1979, expedidos por el Contralor General de la República:

Presupuesto de Funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 9

Superintendencia de Control de Cambios

Servicios personales

112 5 11 1404 Remuneración servicio técnicos $ 200.000
112 18 11 1415 Subsidio familiar 100.000

Gastos Generales

112 12 12 1418 Compra de equipo 180.000
112 38 12 1420 Servicio de comunicaciones 314.000
112 39 12 1422 Materiales y suministros 180.000

Presupuesto de Inversión

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

CAPITULO 1

Dirección Superior

Programa 04
Organización Laboral

Inversión Directa

Recursos ordinarios

Articulo Adquisición Oficinas Regionales
6001 ...................................................................... $ 2.500.000

31 119 1 Adquisición Oficina Regional de Pasto
(Nariño) 1.500.000

31 119 2 Adquisición Oficina Regional de Riohacha
(Guajira) 1.000.000

Suman los contracréditos $ 3.674.000

ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, ábrase los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1979:

Presupuesto y Funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 9


Superintendencia de Control de Cambios

Servicios personales.

112 2 11 1401 Sueldos del personal de nómina $ 300.000
112 3 11 1402 Gastos de representación 104.000
112 4 11 1403 Sueldo del personal supernumerario 300.000
112 9 11 1407 Prima de Navidad 400.000
112 17 11 1414 Auxilios de transporte 70.000

Presupuesto de Inversión


Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

CAPITULO 01

Dirección Superior

Programa 04
Organización Laboral

Inversión Directa

Recursos ordinarios.

Articulo Adquisición Oficinas Regionales
6001 .......................................................... 2.500.000

31 119 7 Adquisición Oficina Regional de Manizales
(Caldas) 2.500.000

Suman los créditos 3.674.000

ARTICULO 3º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a ..... de ... de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente del honorable Senado de la República, HECTOR ECHEVERRI CORREA, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ADALBERTO OVALLE MUÑOZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.

República de Colombia- Gobierno Nacional

Bogotá, D.E. 15 de diciembre de 1979.

Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.